REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del
Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, cinco (05) de diciembre del 2024
214º y 165º
ASUNTO: KP02-S-2024-001457
PARTE SOLICITANTE: JANETH JOSEFINA MORILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 7.431.470.-
ABOGADO ASISTENTE DE LA SOLICITANTE: SAUL JOSE FONSECA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 306.159.-
MOTIVO:
TIPO DE SENTENCIA: TITULO SUPLETORIO
DECRETO
SECUENCIA PROCEDIMENTAL DE LOS HECHOS
Vista la solicitud presentada por la ciudadana JANEHT JOSEFINA MORILLO venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 7.431.470, domiciliado Barrio la Lucha, sector la nueva lucha, parte baja casa N°201 con calle 3, Parroquia Guerrera Ana Soto, Municipio Iribarren del estado Lara, debidamente asistido en este acto por el Abogado: SAUL JOSE FONSECA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 306.159, donde manifiesta se le decrete a su favor TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, sobre un TERRENO EJIDO que mide aproximadamente CIENTO CINCO METROS CON TREINTA CENTIMETROS CUADRADOS (105,30 mts2) con un área de construcción aproximada de CIENTO CINCO METROS CON TREINTA CENTIMETROS CUADRADOS (105,30mts2), consta de las siguientes bienhechurías: una casa de paredes de bloques, techo de zinc, piso de cemento, cuatro divisiones para futuras habitaciones, un baño, cercada perimetralmente con paredes de bloques, ubicadas Barrio la Lucha, sector la nueva lucha, parte baja casa N°201 con calle 3, Parroquia Guerrera Ana Soto, Municipio Iribarren del estado Lara; comprendidas dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con casa y terreno ocupado por JANETH MORILLO, SUR Con casa y terreno ocupado por ANA MARTINEZ DE CAICEDO, ESTE: Con calle 3, que es su frente, OESTE: Con casa y terreno ocupado por MARIA PALENCIA. Siendo el costo de las referidas bienhechurías la cantidad de CIENTO OCHENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (BS.182.650,00) equivalente VEINTE MIL DOSCIENTAS NOVENTA Y CUATRO CON CUARENTA Y CUATRO UNIDADES TRIBUTARIAS (20.294,44UT). -
Para decidir este Tribunal observa:
UNICO: Tomando en consideración las declaraciones de los testigos: MARCYS ARACELIS MENDOZA GONZALEZ y FERNANDO ANTONIO DURAN MEDINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 21.295.723 y 9.542.234 respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente en los artículos 936 y 937 eiusdem y DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS QUE TERCERAS PERSONAS puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la ciudadana JANETH JOSEFINA MORILLO, antes identificada, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno, sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero (01) de Abril del año 1970, dictado por la extinta Corte Suprema de Justicia, hoy Tribunal Supremo de Justicia, en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y déjese copia del presente asunto y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.
Publíquese, regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia, http://lara.tsj.gob.ve déjese copia de la presente decisión de conformidad con lo establecido en los artículos 248 y 251 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil a los fines legales previstos en los ordinales 3 y 9 del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.-
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en Barquisimeto a los cinco (05) días del mes de diciembre de 2024. Años 214° de la Independencia y 165° de la Federación. -
El Juez,
Magdiel José Torres.
La Secretaria,
Lucila Suarez Alvarado.
MJT/LSA/ElaineC. -
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