REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del
Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, seis (06) de diciembre del 2024
214º y 165º

ASUNTO: KP02-S-2024-001521
PARTE SOLICITANTE: INGRID COROMOTO REYES ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.843.820.-
ABOGADO ASISTENTE DE LA SOLICITANTE: ROLANDO SAID RODRIGUEZ SIRA, debidamente inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 161.689.-
MOTIVO:
TIPO DE SENTENCIA: TITULO SUPLETORIO
DECRETO


SECUENCIA PROCEDIMENTAL DE LOS HECHOS

Vista la solicitud presentada por la ciudadana INGRID COROMOTO REYES ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.843.820, debidamente asistida en este acto por el Abogado: ROLANDO SAID RODRIGUEZ SIRA, debidamente inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 161.689, donde manifiesta se le decrete a su favor TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, sobre unas bienhechurías que construyó a sus propias expensas con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO que mide aproximadamente CIENTO SETENTA METROS CUADRADOS (170,00 mts2), consta de las siguientes bienhechurías: casa con paredes de bloque frisada, piso de cerámica y cemento, techo de acerolit, dos (2) cuartos, una (1) sala, una (1) cocina, un (1) baño, un (1) porche, puertas de metal y dos ventanas de metal, también posee un (1) cuarto anexo también de paredes de bloque, piso de cemento y techo de acerolit, ubicadas En la Parroquia El Cují sector las Veritas comunidad el Roble en la calle Sucre entre 3 y 4 casa sin número; comprendidas dentro de los siguientes linderos: NORTE: en diecisiete metros (17mts) con terreno baldío, SUR: en diecisiete metros (17 mts) con la calle Sucre , ESTE: en diez metros (10 mts) con la calle Sucre 3, OESTE: en diez metros (10 mts) en terreno ocupado por Neidy Torrealba. Siendo el costo de las referidas bienhechurías la cantidad de CIEN MIL BOLÍVARES (100.000,00 Bs).-
Para decidir este Tribunal observa:

UNICO:
Tomando en consideración las declaraciones de los testigos: CARLOS JULIO OCARIZ SABINO y NAILETH DEL CARMEN MORALES DE DUNO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 4.726.235 y 7.439.441, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente en los artículos 936 y 937 eiusdem y DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS QUE TERCERAS PERSONAS puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la ciudadana INGRID COROMOTO REYES ALVAREZ, antes identificada, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno, sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero (01) de Abril del año 1970, dictado por la extinta Corte Suprema de Justicia, hoy Tribunal Supremo de Justicia, en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y déjese copia del presente asunto y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.
Publíquese, regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia, http://lara.tsj.gob.ve déjese copia de la presente decisión de conformidad con lo establecido en los artículos 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil a los fines legales previstos en los ordinales 3 y 9 del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.-
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en Barquisimeto a los seis (06) días del mes de diciembre de 2024. Años 214° de la Independencia y 165° de la Federación. -
El Juez,




Magdiel José Torres.
La Secretaria,

Lucila Suarez Alvarado.




MJT/LSA/MaríaS. -