REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

EL JUZGADO SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL Y DE TRÁNSITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO

EXP. 6741-24

Dicta el siguiente fallo incidental.

Ú N I C O
Las presentes actuaciones fueron remitidas a este Tribunal Superior por el ciudadano abogado Javier Mendoza Escalante, Juez Provisorio del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, y contiene la incidencia de inhibición planteada por la misma en el expediente número 12719-23, contentivo del juicio que por Cobro de costos procesales sigue la ciudadana Elsy del Carmen Olivares Ramírez contra la sucesión del causante Vicente Moreno y otros.
En efecto, en acta de fecha quince (15) de enero de dos mil veinticuatro (2024), se deja constancia de que el ciudadano Juez antes nombrado comparece ante la Secretaría y expone: “…Por cuanto en fecha 07 de julio de 2.023, dicté decisión en la cual declaraba inadmisible sobrevenidamente la demanda, y por cuanto la misma fue dictada de manera anticipada, y sobre el fondo de la controversia, es por lo que procedo, es por lo que procedo a INHIBIRME de seguir conociendo del presente juicio de conformidad con lo establecido en el ordinal 15º del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil y solicito al Tribunal que deba conocer sobre la presente inhibición, que tome en cuenta el criterio establecido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia de fecha 29 de noviembre de 2000, en la cual dictamino que el legislador estableció una presunción de verdad respecto a lo dicho por el Juez…” (sic. mayúsculas y negritas en el texto).

Remitido el expediente al correspondiente Juzgado Distribuidor de causas, fue repartido al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo.
Efectuado el correspondiente análisis de las actas que integran el presente cuaderno de inhibición se constata que el ciudadano Juez inhibido aduce como motivo para apartarse del conocimiento y decisión de la demanda que por cobro de costas procesales propuso la ciudadana Olivares Ramírez Elsy contra la sucesión de Vicente Moreno y otros, que emitió sentencia el 07 de julio de 2023 en un juicio por seguido entre las mismas partes actuantes en el proceso de costas procesales.
Así las cosas, este superior procedió al examen de la aludida sentencia de fecha 7 de julio de 2023, proferida en el igualmente señalado de resultas de lo cual aparece que el ciudadano juez inhibido en realidad inadmitió la demanda por cobro de costas procesales, sin que ello conlleve pronunciamiento alguno ni sobre lo principal del juicio cobro de costas procesales tantas veces señalado en el cual se ha producido la presente inhibición.
En tal virtud, debe este Tribunal Superior forzosamente declarar sin lugar la presente inhibición planteada por el ciudadano Juez Provisorio del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, abogado Javier Escalante, y ordenar a éste requerir del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, la devolución de los autos para que continúe conociendo la causa. Así se decide.

D E C I S I Ó N

En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la inhibición planteada por el ciudadano Juez Provisorio del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, abogado Javier Escalante, en el juicio Cobro de costos procesales sigue la ciudadana Elsy del Carmen Olivares Ramírez contra la sucesión del causante Vicente Moreno y otros, contenido en el expediente número 12719, de la numeración llevada por dicho Tribunal.
A objeto de que continúe conociendo la causa arriba señalada, se ORDENA al ciudadano Juez del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, abogado Javier Escalante, requerir del Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, la devolución del aludido expediente número 12719, cuyos autos le fueron remitidos por efecto de la inhibición.
Se ORDENA notificar la presente sentencia, por oficio, tanto al juez de cuya inhibición trata este fallo, como a la Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, al cual fueron pasados los autos por el juez inhibido. REMÍTASELES copia certificada de la presente decisión.
Regístrese y publíquese.