REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinticinco de julio de dos mil veinticuatro (2024)
214º y 165º
ASUNTO: KN06-S-2024-000042
SOLICITANTES: NORA DEL CARMEN MORAN, LEYDA MARIA MORAN, MILEXA COROMOTO MORAN, ANDRES EDUARDO OROPEZA MORAN, RAMON JOSE MORAN y ANTONIO JOSE GARCIA MORAN quienes son venezolanos, mayores de edad, solteras, civilmente hábiles y titulares de las cédulas de identidad Nros. 7.416.687, 7.372.063, 6.573.700, 11.641.339, 7.416.450 y 5.946.284, respectivamente.
ABOGADOS ASISTENTE DE LOS SOLICITANTES: IRIS V. TORREALBA S. y JOSE MANUEL TERAN TORREALBA., quienes se encuentran inscritos por ante el (I.P.S.A.), bajo los Nros. 102.783 y 185.802, respectivamente.
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO.
CUALIDAD JURÍDICA DEL TERRENO: EJIDO.
SENTENCIA: AUTO RESOLUTORIO.
-Vista la solicitud presentada por los ciudadanos: NORA DEL CARMEN MORAN, LEYDA MARIA MORAN, MILEXA COROMOTO MORAN, ANDRES EDUARDO OROPEZA MORAN, RAMON JOSE MORAN y ANTONIO JOSE GARCIA MORAN quienes son venezolanos, mayores de edad, solteras, civilmente hábiles y titulares de las cédulas de identidad Nros. 7.416.687, 7.372.063, 6.573.700, 11.641.339, 7.416.450 y 5.946.284, asistidos por los Abgs. IRIS V. TORREALBA S. y JOSE MANUEL TERAN TORREALBA., quienes se encuentran inscritos por ante el (I.P.S.A.), bajo los Nros. 102.783 y 185.802, respectivamente., donde manifiesta se le conceda: TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, sobre unas bienhechurías que construyeron con dinero de sus propios peculios y a sus propias expensas, edificadas sobre un lote de: TERRENO EJIDO, cuya ubicación, medidas y linderos son los siguientes: En Sector el Garabatal, avenida la cruz con calle 6, N° 16, Parroquia Guerrera Ana Soto, Municipio Iribarren, Estado Lara, sobre un lote de terreno que mide DOCIENTOS TREINTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON SESENTA DECIMETROS (239, 60 MTS) comprendidas dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: En línea de 15.21 Mts, con Inmueble ocupado por Luis Corrales. SUR: En línea de 14.52 Mts con calle la Cruz, que es su frente. ESTE: En línea de 15.66 con terrenos ocupados por Marisol Sánchez y OESTE: En línea de 16,64 Mts. Con Inmueble ocupado por calle 6.
-SIENDO ASÍ, ESTE TRIBUNAL OBSERVA:
-Tomando en consideración las declaraciones de las testigos, ciudadanas: CRISTINA CASTILLO y OLIMPIA CECILIA RIVAS DURAN, quienes son venezolanas, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. 7.325.452 y 5.244.916, respectivamente, ambas de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil.
-En consecuencia, ESTE TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, especialmente por los Artículos 936 y 937 Ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de los ciudadanos: NORA DEL CARMEN MORAN, LEYDA MARIA MORAN, MILEXA COROMOTO MORAN, ANDRES EDUARDO OROPEZA MORAN, RAMON JOSE MORAN y ANTONIO JOSE GARCIA MORAN, ya anteriormente identificados.
-Publíquese y regístrese e incluso en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia (T.S.J.), y déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
-Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto, a los veinticinco (25) días del mes de julio del año dos mil veinticuatro (2024). Años 214° de Independencia y 165° de la Federación.
-Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro de Solicitudes, llevado por ante este Tribunal.
El Juez,
Abg. Hilarión Antonio Riera Ballestero. La Secretaria Accidental,
Abg. María Eugenia Rincones Yajure.
-Seguidamente se publicó la presente decisión, siendo las 09:40 A.M.
La Secretaria Accidental,
Abg. María Eugenia Rincones Yajure.