REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinticinco de julio de dos mil veinticuatro (2024)
214º y 165º
ASUNTO: KN06-S-2024-000074
SOLICITANTE: ALEXANDRA PASTORA SANTELIZ FONSECA, quien es venezolana, mayor de edad, soltera, civilmente hábil y titular de la cédula de identidad N°.11.433.049.
ABOGADA ASISTENTE DE LA SOLICITANTE: GISELA YULIBETH GIMENEZ RINCON, quien se encuentra inscrita por ante el (I.P.S.A.), bajo el N° 231.155.
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO.
CUALIDAD JURÍDICA DEL TERRENO: EJIDO.
SENTENCIA: AUTO RESOLUTORIO.
-Vista la solicitud presentada por la ciudadana: ALEXANDRA PASTORA SANTELIZ FONSECA, quien es venezolana, mayor de edad, soltera, civilmente hábil y titular de la cédula de identidad N°.11.433.049, asistida en este acto por la Abogado en Ejercicio: GISELA YULIBETH GIMENEZ RINCON, quien se encuentra inscrita por ante el (I.P.S.A.), bajo el N° 231.155, donde manifiesta se le conceda: TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, sobre unas mejoras de una bienhechuría que construyo con dinero de su propio peculio y a sus propias expensas, edificadas sobre un lote de: TERRENO EJIDO, cuya ubicación, medidas y linderos son los siguientes: En la comunidad Prados de Occidente sector 2, Municipio Iribarren del Estado Lara, con una superficie de: CIENTO CUARENTA METROS CUADRADOS (140,00 mts2) comprendidas dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: en extensión de catorce (14 m) metros lineales que colindan con el terreno del ciudadano Edgar Melendez, SUR: en extensión de catorce (14 m) metros lineales que colindan con la carrera 3 y es el frente de la casa; ESTE: en extensión de diez (10 m) metros lineales que colindan con la ciudadana Luisa Arteaga. OESTE: en extensión de diez (10 m) metros lineales que colindan con la Calle 12.
-SIENDO ASÍ, ESTE TRIBUNAL OBSERVA:
-Tomando en consideración las declaraciones de las testigos, ciudadanas: LESBIA JOSEFINA YANEZ y YUDITH JOSEFINA PEREZ YANEZ, quienes son venezolanas, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. 9.621.511 y 10.727.049, respectivamente, ambas de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil.
-En consecuencia, ESTE TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, especialmente por los Artículos 936 y 937 Ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la ciudadana: ALEXANDRA PASTORA SANTELIZ FONSECA, ya anteriormente identificada.
-Publíquese y regístrese e incluso en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia (T.S.J.), y déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
-Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto, a los Veinticinco (25) días del mes de julio del año dos mil veinticuatro (2024). Años 214° de Independencia y 165° de la Federación.
-Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro de Solicitudes, llevado por ante este Tribunal.
El Juez,
Abg. Hilarión Antonio Riera Ballestero. La Secretaria Accidental,
Abg. María Eugenia Rincones Yajure.
-Seguidamente se publicó la presente decisión, siendo las 11:10 A.M.
La Secretaria Accidental,
Abg. María Eugenia Rincones Yajure.