Se inició el presente asunto por motivo de DIVORCIO DESAFECTO Y DESAMOR presentado por el ciudadano: RAMON JOSE PEREZ ESCALONA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.983.953, asistido en este acto por el abogado Ramón Alberto López Parra inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 177.217, en contra de la ciudadana: MARLENIS DEL CARMEN RODRIGUEZ GONZALEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-10.957.985. Este Tribunal observa que hasta la presente fecha, han transcurrido DOS (02) años desde la fecha de su admisión, 14-07-2022, sin que el solicitante haya impulsado la citación de la demanda, constante de DIECINUEVE (19) folios, es por lo que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Morán de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA del presente proceso, de conformidad con la norma contenida en el Artículo 267, del Código de Procedimiento Civil y ASÍ SE DECIDE.
Regístrese y Publíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Primero del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Morán de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. El Tocuyo, a los Veintidós días (22) días del mes de Julio del año 2024. Año 214° Independencia y 165° Federación.
La Jueza Provisoria

Abg. Yosglide Duin León
La Secretaria

Abg. Rosbelcy Sandoval
En la misma fecha se registró y se publicó la presente sentencia.
La Sec.