REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinticinco (25) de junio de dos mil veinticuatro (2024)
214º y 165º
ASUNTO: KP02-S-2024-000402
SOLICITANTE: RICARDO MARCHAN, quien es venezolano, mayor de edad, soltero, civilmente hábil y titular de la cédula de identidad N°. 5.239.305.
ABOGADO ASISTENTE DEL SOLICITANTE: FREDYS JOSE SUAREZ., quien se encuentra inscrito por ante el (I.P.S.A.), bajo el N° 199.792.
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO.
CUALIDAD JURÍDICA DEL TERRENO: EJIDO.
SENTENCIA: AUTO RESOLUTORIO.
-Vista la solicitud presentada por el ciudadano: RICARDO MARCHAN, quien es venezolano, mayor de edad, soltero, civilmente hábil y titular de la cédula de identidad N°. 5.239.305, asistido en este acto por el Abogado en Ejercicio: FREDYS JOSE SUAREZ., quien se encuentra inscrito por ante el (I.P.S.A.), bajo el N° 199.792, donde manifiesta se le conceda: TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, sobre una bienhechuría que construyo con dinero de su propio peculio y a sus propias expensas, edificadas sobre un lote de: TERRENO EJIDO, cuya ubicación, medidas y linderos son los siguientes: En el Barrio El Trompillo, Brisas del Norte II, Calle Manzana Numero 5. Punto de Referencia: A 28 metros del Preescolar “El Paraiso de Dios”, Parroquia Union, Municipio Iribarren, Barquisimeto del Estado Lara, con una superficie de aproximadamente: CIENTO OCHENTA METROS CUADRADOS (180 Mts2) comprendidas dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: En línea de 19.00 metros, con la parcela de la señora Xiomara Morillo; SUR: En línea de 19.00 metros, con parcela de la señora Judith Navas; ESTE: En línea de 09.50 metros con la parcela del señor Orlando Méndez. OESTE: Frente en línea de 09.50 metros, con calle Manzana 5.
-SIENDO ASÍ, ESTE TRIBUNAL OBSERVA:
-Tomando en consideración las declaraciones de los testigos, ciudadanas: CARMEN MARITZA GARRIDO SALAS y ZOLIANNY CROLINA GARRIDO SALAS, quienes son venezolanas, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. 21.549.595 y 21.459.596, respectivamente, ambas de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil.
-En consecuencia, ESTE TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, especialmente por los Artículos 936 y 937 Ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor del ciudadano: RICARDO MARCHAN, ya anteriormente identificado.
-Publíquese y regístrese e incluso en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia (T.S.J.), y déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
-Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto, a los veinticinco (25) días del mes de junio del año dos mil veinticuatro (2024). Años 214° de Independencia y 165° de la Federación.
-Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro de Solicitudes, llevado por ante este Tribunal.
El Juez,
Abg. Hilarión Antonio Riera Ballestero. La Secretaria Accidental,
Abg. María Eugenia Rincones Yajure.
-Seguidamente se publicó la presente decisión, siendo las 09:20 A.M.
La Secretaria Accidental,
Abg. María Eugenia Rincones Yajure.