REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, Diecisiete (17) de Junio de dos mil veinticuatro (2024)
213º y 165

ASUNTO : KH02-X-2022-000029
Vista la diligencia presentada por la Abogada Jacqueline Quiñonez, Inscrita debidamente en el I.P.S.A bajo el N° 119.431, actuando en representación de la empresa ADMINITRADORA MADRID C.A, mediante la cual solicita el levantamiento de la medida cautelar nominada, dictada por este despacho en el presente cuaderno cautelar en fecha 28 de Abril del año 2022.
Ahora bien, este Juzgado observa que mediante Sentencia Definitiva de fecha 12 de Diciembre del año 2022, emanada por el Juzgado superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del tránsito de la circunscripción Judicial del Estado Lara donde revoca el decreto de la medida cautelar de fecha 28 de abril del año 2022 el cual dejó SIN EFECTO la medida cautelar dictada.
De esta manera, en aras de garantizar el Debido Proceso y la Tutela Judicial Efectiva, prelucido los lapso de ley establecidos, y en acatamiento a la sentencia dictada por el Juzgado superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del tránsito de la circunscripción Judicial del Estado Lara, este Juzgado, ordena el LEVANTAMIENTO de la MEDIDA CAUTELAR NOMINADA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR: consistente sobre dos locales ComercialesN°4 y N°5ubicado en el centro Comercial Empresarial Plaza Madrid, ubicado en la Avenida Madrid, que une la Urbanización Santa Elena, con avenida los leones, en la ciudad de Barquisimeto, Parroquia Santa Rosa Municipio Iribarren del Estado Lara. Dichos Locales Poseen las siguientes áreas y se encuentran alinderados como a continuación se señalan: LOCAL N° 4: Posee un área aproximada de OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON TREINTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS (88,35mts2), y se encuentra alinderado de la siguiente manera: NORTE: pasillo de circulación. SUR: Local N° cinco (05). ESTE: pasillo de circulación y OESTE: Pasillo de circulación; a este inmueble le corresponde el puesto de estacionamiento N°172. LOCAL N°5: Posee un área aproximada de OCHENTA Y UN METROS CUADRADOS CINCUENTA DECIMETROS CUADRADOS (81,50mts2) y se encuentra alinderado de la siguiente manera NORTE: Local N° cuatro (04); SUR: local N° seis (06); ESTE: hall de circulación Vehicular y OESTE: pasillo de circulación; a este inmueble le corresponde el puesto de estacionamiento N° 149. Este documento quedo inscrito bajo el N° 2012.72, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con N° 362.11.2.3.3853, registral 1, del inmueble matriculado con el N° 362.11.2.3.3854 correspondiente al libro folio real del año 2012. Igualmente, se acuerda oficiar de lo aquí decidido al REGISTRO PUBLICO DEL PRIMER CIRCUITO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA Líbrese oficio; Sentencia N° M-70; Asiento N°___32___ .
El Juez.



Magdiel José Torres.

El Secretario


Luis Fernando Ruiz Hernández.

En la misma fecha, siendo las _12:00 p.m_., se publicó y registró la anterior sentencia previo anuncio de Ley.-

El Secretario.


Luis Fernando Ruiz Hernández.