REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiséis de marzo de dos mil veinticuatro
213º y 165º
ASUNTO: KP02-S-2024-000704
SOLICITANTE: CARLOS ENRIQUE ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.734.008.
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE SOLICITANTE: MILAGRO MARRUFO HIDALGO, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 27764.-
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO.-
CUALIDAD JURIDICA DEL TERRENO: EJIDO.-
SENTENCIA: AUTO RESOLUTORIO.-
I
Vista la solicitud presentada por el ciudadano CARLOS ENRIQUE ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.734.008. Asistido por la Abg. MILAGRO MARRUFO HIDALGO, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 27764, donde manifiesta se le conceda TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO, sobre unas bienhechurías que construyó con dinero de su propio peculio y a sus propias expensas, edificadas sobre un lote de terreno EJIDO, cuya ubicación, medidas y linderos son los siguientes: En la carrera 32 con calle 34, en jurisdicción de la Parroquia Concepción, Municipio Iribarren del Estado Lara, cuya extensión o superficie aproximada es de DOSCIENTOD SESENTA Y UN METROS CON DIECINUEVE CENTIMETROS CUADRADOS (261,19 Mts 2), con un área de construcción aproximada de QUINIENTOS OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS (582,00 MtS2), la vivienda esta distribuida en tres (3) niveles. NIVEL PLANTA BAJA: en este nivel se encuentra tres (3) locales comerciales, LOCAL N° 1 de 38,5 mts2, LOCAL N°2 de 62, 3 mts y LOCAL N°3 de 49,5 mts2, y delimitada con los siguientes linderos y delimitada con los siguientes linderos; NORTE: En línea de 12 doce metros con veinticinco centímetros (12,25 Mts) con carrera 32, que es su frente, SUR: En línea de 10 metros con sesenta y cinco centímetros (10,65 mts) con terrenos que ocupa Petra de Bracalet, ESTE: En línea en dos líneas, la primera de catorce metros con noventa y ocho centímetros (14,98 Mts), martillo de 0,78 Mts, y la segunda de nueve metros con setenta y cinco centímetros (9,75 Mts) con calle 34, y OESTE: En una línea de veinticuatro metros con setenta centímetros (27,70 Mts) con terrenos que ocupa Vicente Gonzalez. Siendo así, este Tribunal observa:
Tomando en consideración las declaraciones de los testigos, ciudadanos: HERNAN RAFAEL ARIAS MARRUFO Y AIDA OCTAVIA SISIRUK RIVAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 18.525.728 y V-5.256.117, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil.
En consecuencia este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y declara TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO, a favor del ciudadano: CARLOS ENRIQUE ALVAREZ, ya antes identificado.-
Publíquese y regístrese e incluso en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia (T.S.J) y déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto a los Veintiséis (26) días del mes de Marzo del año 2.024. Años 213° de Independencia y 165° de la Federación.
Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro de Solicitudes, llevado por ante este Tribunal.-
El Juez,
Abg. Hilarión Antonio Riera Ballestero. El Secretario Temporal,
Abelardo Jesús Gelvis Ramírez.