REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinte (20) de mayo de dos mil veinticuatro.
214º y 165º
ASUNTO MANUAL: S-2024-000489
SOLICITANTE: NORKYS BEATRIS REYES FREITEZ, venezolana, mayor de edad, titular de las cédula de identidad N° V-12.244.106.-
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE SOLICITANTE: FRANKLIN ANTONIO PARRA, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 153.298.-
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO.-
CUALIDAD JURIDICA DEL TERRENO: EJIDO.-
SENTENCIA: AUTO RESOLUTORIO.-
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: NORKYS BEATRIS REYES FREITEZ, venezolana, mayor de edad, titular de las cédula de identidad N° V-12.244.106, de este domicilio, asistida por el Abg. FRANKLIN ANTONIO PARRA, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 153.298, donde manifiesta se le conceda TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO, sobre unas bienhechurías que construyó con dinero de su propio peculio y a sus propias expensas, edificadas sobre un lote de terreno EJIDO, cuya ubicación, medidas y linderos son los siguientes: Autopista Florencio Jiménez a la altura del Kilómetro 8, Barrio Santa Rosalía, con la segunda calle el estadio, manzana 16, casa Nº 4-A, adyacente a la cancha deportiva, parroquia Guerrera Ana Soto, Municipio Iribarren del estado Lara, cuyo terreno representa una superficie aproximada de SESENTA Y TRES METROS CON CINCUENTA Y UN CENTÍMETROS CUADRADOS (63.51 mts2) y está comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: En línea de siete metros con treinta centímetros (7,30 mts) con terrenos ocupados por José Sandoval; SUR: En línea de siete metros con treinta centímetros (7,30 mts) con terrenos ocupados por vereda interna que es su frente; ESTE: En línea de ocho metros y setenta y cuatro centímetros (8,54 mts), con terrenos ocupados por callejón interno y OESTE: En línea de ocho metros con setenta centímetros (8,70 mts), con terrenos ocupados por Lisbeth Reyes. Siendo así, este Tribunal observa:
Tomando en consideración las declaraciones de los testigos, ciudadanos: JOSÉ ALFONSO RODRÍGUEZ y VILMA NOHEMI MÉNDEZ MÉNDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.241.329 y V-15.886.210, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y declara TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO, a favor de la ciudadana: NORKYS BEATRIS REYES FREITEZ, ya antes identificada.-
Publíquese y regístrese e incluso en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia (T.S.J) y déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en Barquisimeto al día veinte (20) del mes de mayo del año dos mil veinticuatro (2024). Años: 214° de Independencia y 165° de la Federación. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro de Solicitudes, llevado por ante este Tribunal.-
El Juez Titular,
Abg. Hilarión Antonio Riera Ballestero.
El Secretario Temporal,
Abelardo Jesús Gelvis Ramírez.