REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara
Barquisimeto, siete (07) de mayo de dos mil veinticuatro
214º y 165º
ASUNTO MANUAL: S-2024-000031
SOLICITANTES: ALBERT YORSE RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, DUALBER JESÚS RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ y ESTEFANI MICHELL PINEDA RODRÍGUEZ, quienes son venezolanos, mayores de edad, solteros y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-26.669.746, V-26.669.744 y V-30.417.521, respectivamente.-
ABOGADA ASISTENTE DE LOS SOLICITANTES: YOSMARY ZUJEILY DAZA CARRASCO, quien se encuentra inscrita por ante el (INPREABOGADO), bajo el N° 294.447.-
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO.-
CUALIDAD JURIDICA DEL TERRENO: EJIDO.-
SENTENCIA: AUTO RESOLUTORIO.-
Vista la solicitud presentada por los ciudadanos: ALBERT YORSE RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, DUALBER JESÚS RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ y ESTEFANI MICHELL PINEDA RODRÍGUEZ, quienes son venezolanos, mayores de edad, solteros y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-26.669.746, V-26.669.744 y V-30.417.521, respectivamente, asistidos por la Abg. YOSMARY ZUJEILY DAZA CARRASCO, quien se encuentra inscrita por ante el (INPREABOGADO), bajo el N° 294.447, donde manifiestan se les conceda TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO, sobre unas bienhechurías que construyeron con dinero de su propio peculio y a sus propias expensas, edificadas sobre un lote de terreno EJIDO, cuya ubicación, medidas y linderos son los siguientes: Sector Villa California, calle Araguaney, esquina calle Cayena, casa Nº 2 de la comunidad La California, ubicado en la autopista vía Quíbor, km 7, parroquia Guerrera Ana Soto, Municipio Iribarren del estado Lara, cuyo terreno representa una superficie aproximada de TRESCIENTOS DIECISEIS CON DIECISEIS METROS CUADRADOS (316.16 Mts2) y está comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: En línea de 20.80 metros con calle la Cayena; SUR: En línea de 20.80 metros con Heiddi Rodríguez; ESTE: En línea de 15.20 metros con calle Araguaney que es su frente y OESTE: En línea de 15.20 metros con Doralia Sivira. Siendo así, este Tribunal observa:
Tomando en consideración las declaraciones de los testigos, ciudadanas: ANTONELA ISABEL RODRÍGUEZ VARGAS y MARIELI COROMOTO PALENCIA MUJICA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-22.272.144 y V-14.513.864, respectivamente, ambas de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y declara TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO, a favor de los ciudadanos: ALBERT YORSE RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, DUALBER JESÚS RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ y ESTEFANI MICHELL PINEDA RODRÍGUEZ, ya antes identificados.-
Publíquese y regístrese e incluso en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia (T.S.J) y déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en Barquisimeto al día siete (07) del mes de mayo del año dos mil veinticuatro (2024). Años: 214° de Independencia y 165° de la Federación. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro de Solicitudes, llevado por ante este Tribunal.-
El Juez Titular,
Abg. Hilarión Antonio Riera Ballestero.
El Secretario Temporal,
Abelardo Jesús Gelvis Ramírez.