REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Carora, veintiuno de mayo de dos mil veinticuatro
214º y 165º

ASUNTO: KP12-S-2023-000532

Los abogados FELIX JOSÉ GREGORIO CAMACARO ROJAS y WILLIAM ALBERTO ORTIZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-7.411.724 y V-4.379.189 e inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nros. 160.614 y 153.021, actuando en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano MARIO LANZA CAMACARO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-8.080.375, según poder especial registrado por ante la Notaria Pública Tercera de la ciudad de Barquisimeto, de fecha 05 de Diciembre de 2023, inserto bajo el N° 13, Tomo 50, Folio 46 al 48 de los libros llevados por ante ese despacho; presentaron escrito por ante este Tribunal, en el cual solicitan la Rectificación del Acta de Nacimiento de su poderdante, inserta por ante la Alcaldía del Municipio Manuel Morillo, Distrito Torres del Estado Lara, bajo el N° 287, de fecha 30 de Octubre del año 1961, por cuanto se incurrió en el siguiente error: Se coloco el nombre del padre de su apoderado como “MIGUEL LANZA”, siendo lo correcto; “MICHELE ANTONIO LANZA”.

La solicitud se admitió acordándose publicar un Cartel por la prensa, para que cualquier persona interesada compareciera a impugnar la solicitud, dentro de los diez días de Despachos siguientes a la publicación y consignación que del mismo se hiciera, notificar al ciudadano Fiscal del Ministerio Público y oír testigos.

Ahora bien, este Tribunal para decidir observa:

Con los recaudos acompañados a la solicitud, vencidos como fueron los diez días de despacho contados a partir de la publicación y consignación del Edicto librado y no habiendo objeción por parte del Fiscal del Ministerio Público del Estado Lara en relación a lo solicitado y oídas como fueron las declaraciones de los testigos ciudadanos REYES ANTONIO GÓMEZ y GODOFREDO ROMAN LAMEDA NIEVES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.937.523 y V-5.932.287, respectivamente, quienes dieron fe de conocer al solicitante, a su familia, y que es cierto el error presente en el acta de nacimiento. En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, es por lo que este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA dicha rectificación en el sentido de que se asiente correctamente en el Acta de Nacimiento inserta por ante la Alcaldía del Municipio Manuel Morillo, Distrito Torres del Estado Lara, bajo el N° 287, de fecha 30 de Octubre del año 1961, lo siguiente: El nombre del padre del presentado como “MICHELE ANTONIO LANZA”, quedando sin efecto “MIGUEL LANZA”.

En consecuencia, se ordena al Registro Civil de la Parroquia Manuel Morillo, Municipio G/D Pedro León Torres del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, insertar la correspondiente nota marginal en el Acta de Nacimiento antes descrita. Expídanse copias certificadas de esta sentencia a los interesados y envíense las necesarias a las autoridades Civiles competentes mediante oficios a los fines legales consiguientes. Expídase copia certificada por secretaría de esta sentencia y archívese.
Regístrese y Publíquese.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, veintiuno (21) de Mayo del año dos mil veinticuatro. Años: 214º y 165º.
El Juez,



Abg. Rafael José Martínez Rivero.
La Secretaria Temporal,

Roberlyn García Montes de Oca

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 35/2024, de las Sentencias definitivas, dictadas por este Tribunal, se publicó siendo las 11:10 a.m. y se expidió copia certificada para archivo.

La Secretaria Temporal,

Roberlyn García Montes de Oca