REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del
Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, treinta y uno (31) de octubre del 2024
214º y 165º
ASUNTO: KP02-S-2024-0001666
PARTE SOLICITANTE: VIRGINIA PASTORA CAMPOS DE TORREALBA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 9.621.706.-
ABOGADA ASISTENTE
DE LA SOLICITANTE: LISBEL MATOS, inscrita en el I.P.S.A
bajo el N°92.132.-
MOTIVO:

TIPO DE SENTENCIA: TITULO SUPLETORIO.-

DECRETO.-



SECUENCIA PROCEDIMENTAL DE LOS HECHOS

Vista la solicitud presentada por la ciudadana VIRGINIA PASTORA CAMPOS DE TORREALBA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.621.706, debidamente asistida por la abogada LISBEL MATOS, inscrita en el I.P.S.A bajo el N°92.132, donde manifiesta se le decrete a su favor TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, sobre unas bienhechurías que construyó a sus propias expensas y con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, con una superficie que mide aproximadamente: TRES PUNTO SESENTA METROS (3.60 MTS) de frente por DIEZ METROS (10 MTS) de fondo, con un Área de construcción de: TRESCIENTOS SESENTA METROS CUADRADOS (360 MT2), totalmente cercada con estantillos y alambres de púas y bases de cemento arranque o bases de construcción , comprendidas dentro de los siguientes linderos: NORTE: En línea recta de 3,60 Mts con la calle 1 SUR: En línea recta de 3,60 Mts con la Avenida Florencio Jiménez que es su frente , ESTE: En línea recta de 10,00 mts con terreno ocupado por Milagros Batista y OESTE: En línea recta de 10,00 mts con terrenos ocupados por Alexis del Valle Martínez. Siendo el costo de las referidas bienhechurías la cantidad de: DOSCIENTOS MIL BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs. 200.000,00).-
Para decidir este Tribunal observa:

UNICO: Tomando en consideración las declaraciones de las testigos: ELIDA ELENA VILLALOBOS VALERA y ANGELICA YAMILETH ALDANA ALVAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.425.249 y V-31.467.034, respectivamente, ambas de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente en los artículos 936 y 937 eiusdem y DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS QUE TERCERAS PERSONAS puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la ciudadana VIRGINIA PASTORA CAMPOS DE TORREALBA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.621.706, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno, sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero (01) de Abril del año 1970, dictado por la extinta Corte Suprema de Justicia, hoy Tribunal Supremo de Justicia, en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y déjese copia del presente asunto y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.
Publíquese, regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia, http://lara.tsj.gob.ve déjese copia de la presente decisión de conformidad con lo establecido en los artículos 248 y 251 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil a los fines legales previstos en los ordinales 3 y 9 del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.-
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en Barquisimeto a los treinta y uno (31) días del mes de octubre de 2024. Años 214° de la Independencia y 165° de la Federación.-
El Juez,





Magdiel José Torres.

La Secretaria,

Lucila Suarez Alvarado.






MJT/LSA/EnguiR.-