REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, treinta de octubre de dos mil veinticuatro
214º y 165º

ASUNTO: KP02-S-2024-002299
SOLICITANTES: NELSON AMALIO ESCALONA SIVIRA, ALEXMAR RODRIGUEZ ESCOBAR Y ZULAYNEL SINAHI ESCALONA SIVIRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V- 22.333.858, 22.189.238 y 26.142.192, respectivamente.-
ABOGADO ASISTENTE DE LA SOLICITANTE: OSCAR GOYO MENDOZA, quien se encuentra inscrito por ante el (I.P.S.A.), bajo el N° 280.598.
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO.
CUALIDAD JURÍDICA DEL TERRENO: EJIDO.
SENTENCIA: AUTO RESOLUTORIO.

-Vista la solicitud presentada por los ciudadanos: NELSON AMALIO ESCALONA SIVIRA, ALEXMAR RODRIGUEZ ESCOBAR Y ZULAYNEL SINAHI ESCALONA SIVIRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V- 22.333.858, 22.189.238 y 26.142.192, respectivamente, asistidos en este acto por el Abogado en Ejercicio: DALMIR OSCAR GOYO MENDOZA, quien se encuentra inscrito por ante el (I.P.S.A.), bajo el N° 280.598.., donde manifiesta se le conceda: TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, sobre una bienhechuría que construyo con dinero de su propio peculio y a sus propias expensas, edificadas sobre un lote de: TERRENO, cuya ubicación, medidas y linderos son los siguientes: EN LA VIA PRINCIPAL PAVIA, AVENIDA ALI PRIMERA SECTOR TOÑITO URANGA CALLE, KILOMETRO 10, PARROQUIA ANA SOTO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, que mide DOCE METROS CON TREINTA CENTIMETROS (12,30 Mts2), comprendidas dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Con la familia Rodríguez Mercado ; SUR: Con calle 4 que es su frente; ESTE: con terreno ocupado por José Alexis Rodríguez; y OESTE: Con terreno ocupado por José Alexis Rodríguez.
-SIENDO ASÍ, ESTE TRIBUNAL OBSERVA:
-Tomando en consideración las declaraciones de los testigos, ciudadanos: WILLIAMS EDUARDO VEGAS YEPEZ Y OMAR RAFAEL PARRA QUERO, quienes son venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. 14.404.145 y 7.418.902, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil.
-En consecuencia, ESTE TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, especialmente por los Artículos 936 y 937 Ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor del ciudadano: NELSON AMALIO ESCALONA SIVIRA, ALEXMAR RODRIGUEZ ESCOBAR Y ZULAYNEL SINAHI ESCALONA SIVIRA, ya anteriormente identificados.
-Publíquese y regístrese e incluso en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia (T.S.J.), y déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
-Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto, a los treinta (30) días del mes de Octubre del año dos mil veinticuatro (2024). Años 214° de Independencia y 165° de la Federación.
-Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro de Solicitudes, llevado por ante este Tribunal.
El Juez,
Abg. Hilarión Antonio Riera Ballestero.
La Secretaria Accidental,
Abg. María Eugenia Rincones Yajure.
-Seguidamente se publicó la presente decisión, siendo las 03:23 P.M.
La Secretaria Accidental
Abg. María Eugenia Rincones Yajure.