REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SUPERIOR
DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA
CON SEDE EN BARQUISIMETO
Barquisimeto; jueves, veintiséis (26) de Septiembre de dos mil veinticuatro (2024)
214º y 165º
Asunto: KH0U-X-2024-000199/ MOTIVO: CUADERNO DE RECUSACIÓN (Desistido)
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES Y SUS APODERADOS

PARTE RECUSANTE: ALEXANDRA JOSE BARRADAS VALENZUELA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.444.409
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE RECURRENTE: ALEXIS FRANCISCO RAMOS, inscrito en el IPSA bajo el N° 269.181
PARTE RECUSADA: Abg. LUIS ALEXANER FLORES NIEVES (Juez Provisorio del Tribunal Segundo de Primera Instancia con funciones en Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, sede Barquisimeto.

MOTIVO: RECUSACIÓN (DESISTIDA POR INCOMPARECENCIA DE LAS PARTES).

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RESUMEN DEL PROCESO
Conoce esta Alzada las presentes actuaciones en virtud de la incidencia de Recusación, interpuesta por la ciudadana ALEXANDRA JOSE BARRADAS VALENZUELA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.444.409, en contra del Abg. LUIS ALEXANER FLORES NIEVES (Juez Provisorio del Tribunal Segundo de Primera Instancia con funciones en Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, sede Barquisimeto.

DE LA COMPETENCIA
La competencia para conocer del presente asunto está atribuida a este Tribunal Superior, de conformidad con los artículos 175 y 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes, por constituir el Superior Jerárquico del Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, sede Barquisimeto.

Ahora, estando dentro de la oportunidad legal se produce el fallo en extenso en los siguientes términos:
ANTECEDENTES DEL CASO
En fecha ocho (08) de agosto de dos mil veinticuatro (2024), fue recibido por la Unidad de Recepción y Distribución de Documento Civiles (URDD-Civil) y distribuido a este Tribunal Superior.
En fecha dieciséis (16) de Septiembre de dos mil veinticuatro (2024), se recibió la incidencia de recusación, constante de una (01) pieza de tres (03) folios útiles en este Juzgado Superior, y así dándole entrada al mismo.; procediendo en ese mismo acto a fijar la audiencia de recusación de conformidad con lo previsto en el artículo 38 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, para el día, miércoles dieciocho (18) de Septiembre de dos mil veinticuatro (2024), a las diez de la mañana (10:00 a.m.)
En fecha, miércoles dieciocho (18) de Septiembre de dos mil veinticuatro (2024), a las diez de la mañana (10:00 a.m.), siendo el día y la hora fijados por esta alzada, se constituyo el Tribunal Superior en la Sala de Audiencias, con la presencia del Juez Superior Provisorio Abogado DIMAS ROBERTO RODRÍGUEZ MILLÁN, el Secretario Abogado GRENSON NIARFE PEREZ GONZALEZ y el Alguacil Abogado JOSE HERNANDEZ; previo anuncio por el alguacil a la hora pautada, se deja constancia de la incomparecencia al acto de la ciudadana ALEXANDRA JOSE BARRADAS VALENZUELA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.444.409, ni por si, ni por medio de apoderado judicial. Por otra parte se deja constancia de la incomparecencia del Abg. LUIS ALEXANDER FLORES NIEVES, quien ejerce funciones como Juez Provisorio del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, sede Barquisimeto; motivo por el cual, este juzgador procedió a declarar desistida la audiencia, de conformidad con la parte in fine del artículo 38 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, como lo es el DESISTIMIENTO de la recusación planteada, y así se decide.

DECISIÓN
Este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:

PRIMERO: DESISTIDA; la Recusación planteada por la ciudadana ALEXANDRA JOSE BARRADAS VALENZUELA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.444.409, contra el Abg. LUIS ALEXANER FLORES NIEVES (Juez Provisorio del Tribunal Segundo de Primera Instancia con funciones en Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, sede Barquisimeto.

SEGUNDO: Se ordena remitir copia certificada de la presente sentencia al Juez Abg. LUIS ALEXANER FLORES NIEVES.

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en los archivos del Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.

Dada firmada y sellada en la sede del Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a los veintiséis (26) días de Septiembre de dos mil veinticuatro (2024). Año 214º y 165º


Abg. DIMAS ROBERTO RODRÍGUEZ MILLÁN
JUEZ SUPERIOR DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, SEDE BARQUISIMETO


Abg. GRENSON PEREZ
EL SECRETARIO


En esta misma fecha se dictó Resolución N° 00/54. Siendo las 30: 30. p m.




Abg. GRENSON PEREZ
EL SECRETARIO
DRRM/ Nohemi Alarcón/-*