REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintisiete de septiembre de dos mil veinticuatro
214º y 165º
ASUNTO: KP02-S-2024-001624
SOLICITANTES: JESUS ANTONIO RAMONES PRIMERA y KATHERINE LISETH VALVERDE MUJICA, quienes son venezolanos, mayores de edad, solteros, civilmente hábiles y titulares de las cédulas de identidad Nros. 17.728.198 y 30.019.541, respectivamente.
ABOGADA ASISTENTE DE LOS SOLICITANTES: CELSA MARIBEL MARTINREZ GOMEZ, quien se encuentra inscrita por ante el (I.P.S.A.), bajo el N° 52.021.
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO.
CUALIDAD JURÍDICA DEL TERRENO: EJIDO.
SENTENCIA: AUTO RESOLUTORIO.
-Vista la solicitud presentada por los ciudadanos: JESUS ANTONIO RAMONES PRIMERA y KATHERINE LISETH VALVERDE MUJICA, quienes son venezolanos, mayores de edad, solteros, civilmente hábiles y titulares de las cédulas de identidad Nros. 17.728.198 y 30.019.541, respectivamente., asistidos en este acto por la Abogado en Ejercicio: CELSA MARIBEL MARTINREZ GOMEZ, quien se encuentra inscrita por ante el (I.P.S.A.), bajo el N° 52.021, donde manifiesta se le conceda: TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, sobre una bienhechuría que construyo con dinero de su propio peculio y a sus propias expensas, edificadas sobre un lote de: TERRENO EJIDO, cuya ubicación, medidas y linderos son los siguientes: Las Delicias, carrera 5 entre calles 8 y 9, parcela N° 25, Parroquia Tamaca, Municipio Iribarren del Estado Lara, con una superficie de MIL TRECIENTOS METROS CUADRADOS (1.300,00 Mts) comprendidas dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Con Bienhechurías de María Marcelina Angulo; SUR: Con Bienhechurías de Ricardo; ESTE: Con Carrera 5, que es su frente; y OESTE: Con Bienhechurías de Ana Rossi.
-SIENDO ASÍ, ESTE TRIBUNAL OBSERVA:
-Tomando en consideración las declaraciones de los testigos, ciudadanos: RICARDO ALBERTO ROMERO MORENO y GLORIMAR COROMOTO MARTINEZ GOMEZ, quienes son venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. 10.107.676 y 9.544.333 respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil.
-En consecuencia, ESTE TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, especialmente por los Artículos 936 y 937 Ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de los ciudadanos: JESUS ANTONIO RAMONES PRIMERA y KATHERINE LISETH VALVERDE MUJICA, ya anteriormente identificados.
-Publíquese y regístrese e incluso en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia (T.S.J.), y déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
-Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto, a los Veintisiete (27) días del mes de Septiembre del año dos mil veinticuatro (2024). Años 214° de Independencia y 165° de la Federación.
-Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro de Solicitudes, llevado por ante este Tribunal.
El Juez,
Abg. Hilarión Antonio Riera Ballestero.
La Secretaria Accidental,
Abg. María Eugenia Rincones Yajure.
-Seguidamente se publicó la presente decisión, siendo las 12:06 P.M.
La Secretaria Accidental,
Abg. María Eugenia Rincones Yajure.