REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
Corte de Apelaciones en materia de Delitos de Violencia contra la Mujer de la Región Centro Occidental
Barquisimeto, 25 de septiembre de 2024
Años 214° y 165°
Asunto: KP01-R-2024-000320.
Asunto Principal: KJ02-S-2022-000133
Jueza Superior Ponente: Abg. Esp. Milagro Pastora López Pereira.

Identificación de las partes

Recurrente: Ciudadano abogado Humberto Zabala, IPSA 240.640, en su condición de defensor privado del ciudadano Luis Alfredo Mendoza; titular de la cédula de identidad V-27.816.863

Recurrido: Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial en materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del estado Lara.

Acusado: Ciudadano Luis Alfredo Mendoza; titular de la cédula de identidad V-27.816.863, actualmente bajo medida de privación judicial preventiva de libertad.

Delitos: Violencia Sexual agravada, previsto y sancionado en el encabezado del artículo 57, segundo aparte de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, concatenado con el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

Víctima: Identidad omitida.

Motivo: Recurso de apelación de auto.

Revisado como ha sido el presente asunto, se observa que el mismo versa sobre recurso de apelación interpuesto por el ciudadano abogado Humberto Zabala, IPSA 240.640, en su condición de defensor privado del ciudadano Luis Alfredo Mendoza; titular de la cédula de identidad V-27.816.863, en contra del auto que declara sin lugar la nulidad de la prueba anticipada solicitada por la defensa y el auto que decreta medida de privación judicial preventiva de libertad, en contra del ciudadano Luis Alfredo Mendoza; titular de la cédula de identidad V-27.816.863, ambos devenidos de audiencia preliminar celebrada en fecha 15 de marzo de 2024, cuyas decisiones fueron fundamentadas en fecha 18 de marzo de 2024, por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial en materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del estado Lara, en la causa KJ02-S-2022-000133.

Es el caso que de la revisión efectuada a las actas que conforman el asunto, se verifica que no riela inserta copia certificada del acta de juramentación del abogado Humberto Zabala, que lo acredite como defensor privado del ciudadano Luis Alfredo Mendoza; titular de la cédula de identidad V-27.816.863; documental que a criterio de esta Corte de Apelaciones resulta indispensable para verificar la legitimidad del prenombrado profesional del derecho para interponer el presente recurso de apelación.

Ahora bien de la revisión realizada a las actas que conforman el presente expediente se observa que el juez del tribunal a quo, ordenó en reiteradas oportunidades mediante auto el emplazamiento a la victima para dar contestación al referido recurso de apelación, no constando insertas en este asunto penal copias certificadas de la preceptuada boleta, resultando esto indispensable e ineludible para las partes y aún mas para este Tribunal de Alzada permitiendo esto conocer con certeza el inicio del lapso para la contestación sobre el recurso de apelación, situación que constituye una violación al debido proceso, pues debe garantizarse el derecho a la victima de estar informada del estado de la causa y de ser emplazada para contestar dentro del lapso de ley el recurso de apelación.

En este sentido, se acuerda la Devolver el presente asunto a su tribunal de origen a fin de que se practique el emplazamiento a la Representante legal de la víctima en relación al recurso de apelación interpuesto por el ciudadano abogado Humberto Zabala, IPSA 240.640, en su condición de defensor privado del ciudadano Luis Alfredo Mendoza; titular de la cédula de identidad V-27.816.863, asimismo se sirva remitir copia certificada del acta de juramentación del prenombrado abogado y una vez corregido los errores procesales detectados, deberá practicarse nuevo cómputo secretarial y la remisión de la causa a esta Corte de Apelaciones. Es todo. Cúmplase.-


Abg. Esp. Milagro Pastora López Pereira
Jueza Superiora y Presidenta de la Sala Única de la Corte de Apelaciones en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Centro Occidental
(Ponente)



Abg. Milena del Carmen Fréitez Gutiérrez
Jueza Superiora Integrante

Abg. Orlando José Albujen Cordero
Juez Superior Integrante


Secretaria,
Abg. Grace Danyelith Heredia

KP01-R-2024-000320
MPLP/ADPD