REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
Corte de Apelaciones en materia de Delitos de Violencia contra la Mujer de la Región Centro Occidental
Barquisimeto, 09 de septiembre de 2024
Años 214° y 165°
Asunto: KP01-R-2023-000294
Asunto Principal: IP41-S-2023-000122
Jueza Superior Ponente: Abg. Milena del Carmen Fréitez Gutiérrez.

Identificación de las partes

Recurrente: ciudadanos abogados Julio César Coronado Santana IPSA 168.103 y Nohel Antonio Florez, IPSA 188.622, en su condición de defensores privados del ciudadano Joel de Jesús García, titular de la cédula de identidad V-30.086.405.

Recurrido: Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial en materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del estado Falcón, sede Santa Ana de Coro.

Acusado: ciudadano Joel de Jesús García, titular de la cédula de identidad V-30.086.405.

Delito: Abuso Sexual sin penetración, previsto y sancionado en el encabezamiento y primer aparte del artículo 59 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencia.

Víctima: niña de 11 años de edad, cuya identidad se omite conforme a lo previsto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

Motivo: Recurso de apelación de auto.

Revisado como ha sido el presente asunto, se observa que en fecha 19 de septiembre de 2023, esta Corte de Apelaciones recibe el presente recurso de apelación, siendo distribuido a través del Sistema Informático Juris 2000, a la Jueza Milena Del Carmen Fréitez Gutiérrez, quien en esa misma fecha se aboca al conocimiento del asunto. Es el caso que de la revisión efectuada a las actas que conforman el asunto, se constató que el cómputo secretarial anexado al cuaderno recursivo no fue suscrito por el secretario del tribunal y que además, no se remitió copia certificada del acta de audiencia preliminar de fecha 15 de junio de 2023, por lo que mediante auto separado de fecha 22 de septiembre de 2023, se acordó oficiar al tribunal a quo a objeto que remitiera un nuevo cómputo procesal y copia certificada del acta de audiencia preliminar de fecha 15 de junio de 2023 celebrada en la causa IP41-S-2023-000122; esto, a través del correo institucional de esta Corte de Apelaciones.

Ante tal decisión, se emite oficio Nro. 0994-2023 de fecha 25 de septiembre de 2023, el cual fue enviado al whatsapp de la Coordinadora Judicial del Circuito Judicial en materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del estado Falcón, sede Santa Ana de Coro, Abg. Karina González en fecha 23 de octubre de 2023, tal y como consta al folio 46.


Habiendo transcurrido un lapso prudencial, y constándose que no había sido remitida la información solicitada por el tribunal a quo, en fecha 09 de enero de 2024, mediante auto separado se acordó ratificar el oficio 0994-2023, esta vez mediante oficio Nro. 0004-2024 de fecha 10 de enero de 2024, que fue remitido al Coordinador del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, abogado Víctor Hidalgo en fecha 15 de enero de 2024, según consta en certificación inserta al folio 50.

No obstante, al transcurrir el lapso otorgado por esta alzada para la remisión de la información solicitada, no se reciben las documentales requeridas al tribunal a quo y necesarias para la tramitación del presente recurso de apelación, por lo que en fecha 21 de mayo de 2024, procedió este tribunal de alzada, mediante auto separado de fecha 21 de mayo de 2024, a ratificar los oficios Nros. 0994-2023 y 0004-2024, mediante oficio Nro. 0601-2024 de fecha 22 de mayo de 2024, que fuere recibido por la Abg. Karina González, jueza Coordinadora del Circuito Judicial en materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del estado Falcón, sede Santa Ana de Coro en fecha 05 de junio de 2024, conforme se desprende de certificación inserta al folio 55.

Ahora bien, para la fecha de la emisión del presente auto, no se ha recibido a través del correo institucional de este tribunal de alzada la información requerida desde el 22 de septiembre de 2023; esto a pesar de las diligencias e insistencias de esta Corte de Apelaciones para ello; motivo por el cual, considera que en el caso en cuestión lo procedente y ajustado a derecho es ordenar la devolución del presente asunto al Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial en materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del estado Falcón, sede Santa Ana de Coro, a los fines que sean consignadas al cuaderno recursivo, las copias certificadas solicitadas, a saber: y copia certificada del acta de audiencia preliminar de fecha 15 de junio de 2023 celebrada en la causa IP41-S-2023-000122, así como un nuevo cómputo procesal debidamente suscrito por el secretario o secretaria del tribunal y, una vez cumplidos los requerimientos respectivos, remita nuevamente el cuaderno recursivo a esta alzada a objeto de emitirse el pronunciamiento correspondiente; instando al Juez o Jueza regente del Tribunal a quo, a ser cautelosa en la conformación de los cuadernos recursivos a este tribunal de alzada, debiendo verificar que el mismo contenga la información necesaria para su tramitación y así, evitar dilaciones en la resolución del mismo que perjudiquen la buena marcha de la administración de justicia. Es todo. Cúmplase.-



Abg. Esp. Milagro Pastora López Pereira
Jueza Superiora y Presidenta de la Sala Única de la Corte de Apelaciones en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Centro Occidental



Abg. Milena del Carmen Fréitez Gutiérrez
Jueza Superiora Integrante
(Ponente)

Abg. Orlando José Albujen Cordero
Juez Superior Integrante


Secretaria,
Abg. Grace Heredia

KP01-R-2023-000294
Milena Freitez.-