REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, nueve (09) de abril de dos mil Veinticinco (2025)
214º y 166º

ASUNTO: KP02-S-2025-001221
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, suscrita por el ciudadano ALBERTO GERARDO OROPEZA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.316.115, de este domicilio, debidamente asistido por el Abogado HIDALGO RAFAEL YAJURE BARRADAS, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 190.878, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor del solicitante la propiedad de la bienhechuría ubicada en la Urbanización Rancho Maladero calle 1, N° 38-A , Parroquia Tamaca, Municipio Iribarren del estado Lara, la cual construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, cuyas, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones y evacuadas las testimoniales de las ciudadanas ANA BEATRIZ TORREALBA RODRIGUEZ Y MARITZA COROMOTO TORREALBA RODRIGUEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 7.312.311 y V-4.342.739, respectivamente, quienes fueron contestes en sus declaraciones, las cuales se aprecian y se les otorga valor probatorio. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor del solicitante ciudadano ALBERTO GERARDO OROPEZA RODRIGUEZ, anteriormente identificado, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://lara.tsj.gob.ve/.-
EL JUEZ PROVISORIO.


ABG. JHONNY JOSÉ ALVARADO HERNÁNDEZ
EL SECRETARIO,


ABG. LEWIS CARRASCO RANGEL
Jalvarado/Lcr/acp.