REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, siete (07) de abril de dos mil veinticinco (2025)
214º y 166º
ASUNTO: KP02-S-2025-001200
SOLICITANTE: BEATRIZ COROMOTO DESANTIAGO GÓMEZ, quien es venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.775.586 y civilmente hábil.
ABOGADA ASISTENTE DE LA SOLICITANTE: LEIDY MAR MARCHAN GARFIDO, quien se encuentra inscrita por ante el (I.P.S.A.), bajo el Nº 161.543.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.
SENTENCIA: AUTO RESOLUTORIO.
-Vista la solicitud presentada por la ciudadana: BEATRIZ COROMOTO DESANTIAGO GÓMEZ, quien es venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.775.586 y civilmente hábil, asistida en este acto por la Abogada en Ejercicio: LEIDY MAR MARCHAN GARFIDO, quien se encuentra inscrita por ante el (I.P.S.A.), bajo el Nº 161.543, donde manifiesta se le conceda: TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO: Sobre unas bienhechurías que construyó con dinero de su propio peculio y a sus propias expensas, edificadas unas sobre un lote de: TERRENO EJIDO, cuya ubicación, medidas y linderos son los siguientes: Barrio San Benito, Sector La Pastora, Calle Transversal 6, Casa Sin Número, a 50 metros de la Bodega Martin, Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara, con una superficie de TRESCIENTOS SETENTA Y UNO METROS CON OCHENTA Y UNO DECÍMETROS CUADRADO (371,81 MTS2) y con un área de construcción de SESENTA Y TRES METROS CUADRADO (63 MTS2), comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: En línea de 30 metros, con Vicenta Mendoza. SUR: En línea de 30 metros, con Callejón Caja de Agua. ESTE: En línea de 13 metros, con Callejón Caja de Agua, que los separa de la bienhechuría de Rosa Mendoza y David Crespo y OESTE: En línea de 20 metros, con Calle ciega sin nombre, que es su frente.
-SIENDO ASÍ, ESTE TRIBUNAL OBSERVA:
-Tomando en consideración las declaraciones de los testigos, ciudadanos: ARACELIS VICTORIA TORRES MÁRQUEZ Y JESÚS IVÁN MOLINA, quienes son venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-5.249.827 y V-8.074.264, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el Artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, este TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los Artículos 936 y 937 Ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la ciudadana: BEATRIZ COROMOTO DESANTIAGO GÓMEZ, ya anteriormente identificada.
-Publíquese y regístrese e incluso en la página web del Tribunal Supremo de Justicia (T.S.J.), y déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
-Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto a los siete (07) días del mes de abril del año dos mil veinticinco (2025). Años: 214° de Independencia y 166° de la Federación.
-Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro de Solicitudes, llevado por ante este Tribunal.
El Juez Suplente,
Abg. José Alexander Marquina Mendoza. La Secretaria,
Abg. María Eugenia Rincones Yajure.
-Seguidamente se publicó la presente decisión, siendo las 10:43A.M.
La Secretaria,
Abg. María Eugenia Rincones Yajure.
JAMM / MERY / IASG