REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiocho (28) de enero de dos mil veinticinco (2025)
214º y 165º
ASUNTO: KP02-S-2024-003658
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por la ciudadana MARIA LOURDES HERNANDEZ DE CORDERO, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V-5.255.984, Asistida por la abogada en ejercicio, ROSA RODRIGUEZ inscrita en el I.P.S.A., bajo el N°161.436, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de los solicitantes la propiedad de la bienhechuría ubicada en la carrera 18 con la esquina de la calle 8, N°17-39, Zona Industrial I, sector barrio Santos Luzardo, parroquia Unión, Municipio Iribarren del Estado Lara, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO PROPIO, según consta en documento protocolizado ante el Registro Inmobiliario Segundo Circuito del Municipio Iribarren del Estado Lara, bajo el N° 19, protocolo primero, tomo 61, de fecha 15 de agosto del 2006, con código catastral 13-03-04-U01-406-0236034, cuyas medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuacionesy evacuadas las testimoniales de las ciudadanas LIZ DANYERNEY VARGAS NOGUERA y MIGDALIA DEL CARMEN CASTRO RODRIGUEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-22.323.313 y V-19.166.823, respectivamente, quienes fueron contestes en sus declaraciones, las cuales se aprecian y se les otorga valor probatorio.En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana MARIA LOURDES HERNANDEZ DE CORDERO, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://lara.tsj.gob.ve/
El Juez,
Abg.Jhonny José Alvarado Hernández El Secretario,
Abg. Lewis Carrasco Rangel
Jalvarado/Lcr/Lr.-