REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del
Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecisiete (17) de enero del 2025
214º y 165º

ASUNTO: KP02-S-2024-001975
PARTE SOLICITANTE: BROWDE VICD DE LA CRUZ HERRERA LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 11.877.458.-
ABOGADA ASISTENTE DE LA SOLICITANTE: MARYELI MILDRED ANGULO ALVAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 192.988.-
MOTIVO:
TIPO DE SENTENCIA: TITULO SUPLETORIO
DECRETO


SECUENCIA PROCEDIMENTAL DE LOS HECHOS


Vista la solicitud presentada por el ciudadano BROWDE VICD DE LA CRUZ HERRERA LOPEZ venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 11.877.458, domiciliado en la calle 9 entre carreras 2 y 3 Nueva Lucha Parte Baja N° 62, Parroquia Ana Soto, Municipio Iribarren del estado Lara, debidamente asistida en este acto por la Abogada: MARYELI MILDRED ANGULO ALVAREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 192.988, donde manifiesta se le decrete a su favor TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, sobre un TERRENO EJIDO que mide aproximadamente TRESCIENTOS VEINTE METROS CUADRADOS (320 mts2), consta de las siguientes bienhechurías: una casa , ubicadas en la calle 9 entre carreras 2 y 3 Nueva Lucha Parte Baja N° 62, Parroquia Ana Soto, Municipio Iribarren del estado Lara; comprendidas dentro de los siguientes linderos: NORTE: En línea de (16mts) con la calle 9 que es su frente, SUR En línea de (16mts) con bienhechurías y terrenos ocupados por LUSAURA ALVARADO, ESTE: En línea de (20mts) con bienhechurías y terrenos ocupados por GLORIA ORTIZ, OESTE: En línea de (20mts) con bienhechurías y terrenos ocupados por MARY GUTIERREZ. Siendo el costo de las referidas bienhechurías la cantidad de CIENTO SESENTA MIL BOLIVARES, (BS.160.000,00) equivalente a (2.909,09UT). -

Para decidir este Tribunal observa:

UNICO: Tomando en consideración las declaraciones de los testigos SOLAYNE YUBISAY ACOSTA TERAN y RUBEN TITO CARUCI, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 12.706.347 y V-7.328.410 respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente en los artículos 936 y 937 eiusdem y DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS QUE TERCERAS PERSONAS puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor del ciudadano BROWDE VICD DE LA CRUZ HERRERALOPEZ, antes identificado, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno, sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero (01) de Abril del año 1970, dictado por la extinta Corte Suprema de Justicia, hoy Tribunal Supremo de Justicia, en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y déjese copia del presente asunto y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.
Publíquese, regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia, http://lara.tsj.gob.ve déjese copia de la presente decisión de conformidad con lo establecido en los artículos 248 y 251 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil a los fines legales previstos en los ordinales 3 y 9 del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.-
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en Barquisimeto a los diecisiete (17) días del mes de enero de 2025. Años 214° de la Independencia y 165° de la Federación. -
El Juez,



Magdiel José Torres.

La Secretaria,

Lucila Suarez Alvarado.






MJT/LSA/ElaineC. -