REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del
Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, Veintiséis de Febrero del dos mil Veinticinco
Años: 214° y 165°
ASUNTO: KP02-S-2025-000346
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por los ciudadanos: OLINTO PASTOR HERRERA venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad N° V-10.126.871 Y ZUNILDE DEL CARMEN PIÑERO PIÑERO, venezolana, mayor de edad, estado civil Divorciada, titular de la cédula de identidad N°V-10.126.274, de este domicilio, debidamente asistidos en este acto, por la Abogada Fanny Mujica Viloria, inscrita en el I.P.S.A, bajo el N°245.386, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones y llenos los requisitos para declarar a favor de los solicitantes la propiedad de las bienhechurías ubicadas en el Sector Prados de Occidente Sector I, Calle 5, con Carrera 2 y 3, Jurisdicción de la Parroquia Guerrera Ana Soto, Antigua Juan de Villegas, Municipio Iribarren, Estado Lara, las cuales construyeron con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, que mide aproximadamente OCHOCIENTOS VEINTE METROS CUADRADOS (820,00mts2) con un área de construcción de TRESCIENTOS METROS CUADRADOS (300,00MTS2) Y cuyas características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos: OLINTO PASTOR HERRERA y ZUNILDE DEL CARMEN PIÑERO PIÑERO, anteriormente identificado, de conformidad con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil.-
Déjese copia certificada de la presente decisión, según lo tipificado en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.tsj.gob.ve.
La Jueza,
Abg. Mariani Selena Linares Peraza.
La Secretaria,
Abg. María Isabel Godoy Viloria.
MSLP/Mgodoy /hp.