REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecinueve de febrero de dos mil veinticinco
214º y 165º

ASUNTO: KP02-S-2024-003495
SOLICITANTE: ANA PASTORA SANCHEZ, quien es venezolana, mayor de edad, soltera, civilmente hábil y titular de la cédula de identidad N° 7.313.357.
ABOGADO ASISTENTE DE LA SOLICITANTE: PABLO ENRIQUE GUEDEZ ARANGUREN, quien se encuentra inscrito por ante el (I.P.S.A.), bajo el N°.247.386.
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO.
CUALIDAD JURÍDICA DEL TERRENO: EJIDO.
SENTENCIA: AUTO RESOLUTORIO.

Vista la solicitud presentada por la ciudadana: ANA PASTORA SANCHEZ, quien es venezolana, mayor de edad, soltera, civilmente hábil y titular de la cédula de identidad N° 7.313.357., asistida en este acto por el Abogado en Ejercicio: PABLO ENRIQUE GUEDEZ ARANGUREN, quien se encuentra inscrito por ante el (I.P.S.A.), bajo el N°.247.386, donde manifiesta se le conceda: TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, sobre una bienhechuría que construyo con dinero de su propio peculio y a sus propias expensas, edificadas sobre un lote de: TERRENO EJIDO, cuya ubicación, medidas y linderos son los siguientes: BARRIO SAN LORENZO, SECTOR ESTRELLA DEL NORTE, CALLE 1, 3RA TERRAZA, PARROQUIA UNION, MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, con un área de superficie aproximada de CIENTO CIONCUENTA METROS CUADRADOS (150 mts2), Comprendidas dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Con la calle 1 3ra terraza que es su frente; SUR: Con terreno ocupado por Fernando Espinoza; ESTE: Con terreno ocupado por Karina Piña; y OESTE: Con terreno ocupado por la señora Marlene Castellano.
-SIENDO ASÍ, ESTE TRIBUNAL OBSERVA:
-Tomando en consideración las declaraciones de los testigos, ciudadanos: YAJAIRA COROMOTO FIGUERA y ALEXANDER RAMON RIVERO VILLEGAS, quienes son venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. 3.892.605 y 11.432.710, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil.
-En consecuencia, ESTE TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, especialmente por los Artículos 936 y 937 Ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la ciudadana: ANA PASTORA SANCHEZ, ya anteriormente identificada
-Publíquese y regístrese e incluso en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia (T.S.J.), y déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
-Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto, a los Diecinueve (19) días del mes de Febrero del año dos mil veinticinco (2025). Años 214° de Independencia y 165° de la Federación.
-Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro de Solicitudes, llevado por ante este Tribunal.
El Juez,

Abg. Hilarión Antonio Riera Ballestero.
La Secretaria Titular,

Abg. María Eugenia Rincones Yajure.
-Seguidamente se publicó la presente decisión, siendo las 01:16 P.M.
La Secretaria Titular,

Abg. María Eugenia Rincones Yajure.

HARB / MERY / DC