REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diez (10) de Febrero de dos mil veinticinco (2025)
214º y 165º

ASUNTO: KH02-X-2024-000008
En virtud de la designación efectuada en sesión de fecha 11/10/2024,oficio N° TSJ/CJ/OFIC/2374-2024 emitida por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, por la cual se designó como Juez Provisorio del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara al abogado DANIEL ALBERTO ESCALONA OTERO se aboca al conocimiento de la presente causa de conformidad con el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil., ahora bien, vista la Sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva de fecha veintitrés (23) de enero de dos mil veinticinco (2025) en donde se homologó la transacción, y el auto de fecha cinco (05) de Febrero de dos mil veinticinco (2025) en donde se declaró firme dicha sentencia, este Juzgado ordena el LEVANTAMIENTO DE LA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, decretada en fecha seis (06) de Febrero de dos mil veinticuatro (2024), y participada con oficio N° 2024/76, la cual recayó sobre el siguiente inmueble: Un lote de terreno propio cuya superficie es de DIEZ MIL METROS CUADRADOS (10.000 Mts2), ubicadas en la calle de servicio de Autopista Centro Occidental Cimarrón Andresote con camino que conduce a cañería Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, cuyos linderos generales son los siguientes: NORTE: posesión de tierra de Sucesión Tovar. SUR: Terrenos que son o fueron de Sarino Gasparini Beltrame, terrenos que son o|fueron de la sucesión Colmenarez, terrenos que son o fueron de Ana Bianchi de Guardioli y carretera Panamericana. ESTE: camino antiguo que se llama cañaveral y posesión de tierras Arturo Tovar. OESTE: Carretera que conduce a Campo Elías y lote de terreno de los señores Ali Alvarado Aguasanta Sosa y Alcides Viñales, zanjón de por medio y cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: terreno propiedad de William Vizcaya. Las medidas y linderos constan en cédula catastral emanada de la Dirección de Catastro de la Alcaldía del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy de fecha 20/02/2014, el cual le pertenece a la Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA DE ALIMENTOS YARACUY, C.A, con Registro Mercantil N° J-309180436, según consta en documento protocolizado por ante el Registro Público del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 05 de Junio de 2014, inscrito bajo el N° 2014.62, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el N° 460.20.2.2.96 y correspondiente al libro del folio real del año 2014. Líbrese oficio al Registro Público del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, a los fines de que se estampe la nota marginal correspondiente. Cúmplase.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto, a los diez (10) días del mes de Febrero del año dos mil veinticinco (2025) Año 214º de la Independencia y 165º de la Federación. Sentencia N°: 75. Asiento N°:06.
El Juez Provisorio

Abg. Daniel Escalona Otero
El Secretario Accidental

Abg. Gustavo Adrián Gómez Albarrán
Seguidamente se publicó siendo las 09:51 a.m. y se dejó copia certificada en el copiador de sentencias llevado por este juzgado.
El Secretario Accidental

Abg. Gustavo Adrián Gómez Albarrán

DEO/GAGA/OLUM