REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, catorce (14) de Julio de dos mil veinticinco (2025)
215º y 166º

ASUNTO: KH02-F-2022-000004
PARTE DEMANDANTE: Ciudadana MORELA ELIZABETH BECERRIT DE PINEDA venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nos. V-12.535.009, de este domicilio.-
ABOGADOS ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: Abogados HECTOR ALFREDO ROSALES Y ROSARIO ELSY SANDOVAL, inscritos en el I.P.S.A bajo los Nos. 242.949 y 64.988, de este domicilio.-
PARTE DEMANDADA: Ciudadano NOMAR ADENIS PINEDA ESCALONA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.422.143, de este domicilio.-
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDA: No constituyo.-

SENTENCIA INTERLOCUTORIA
CON FUERZA DEFINITIVA
(PERENCION DE LA INSTANCIA)
PARTICIÓN DE COMUNIDAD CONYUGAL

En virtud de la designación efectuada en sesión de fecha 11/10/2024,oficio N° TSJ/CJ/OFIC/2374-2024 emitida por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, por la cual se designó como Juez Provisorio del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara al abogado DANIEL ALBERTO ESCALONA OTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-17.306.596, en virtud del beneficio de jubilación concedido a la Juez Provisorio Johanna Dayanara Mendoza Torres; el Juez Provisorio DANIEL ALBERTO ESCALONA OTERO se aboca al conocimiento de la presente causa.
Se inició el presente juicio de PARTICIÓN DE COMUNIDAD CONYUGAL presentado por la ciudadana MORELA ELIZABETH BECERRIT DE PINEDA venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nos. V-12.535.009, de este domicilio, por lo que en fecha 21 de Julio de 2022, se dió entrada y en fecha 26 de Julio de 2022 se Admitió, se recibió diligencia en fecha 05 de agosto, en fecha 09 de agosto de 2022 se acordó librar compulsa de citación, en fecha 22 de noviembre de 2022 se dejó constancia del vencimiento del lapso de contestación, se fijó oportunidad para el nombramiento de partidor, en fecha 06 de Diciembre de 2022 se llevó a cabo la designación del partidor, y se libró la respectiva boleta de notificación para su juramentación.
De lo antes expuesto este Tribunal trae a colación lo siguiente:

El artículo 267 del Código de Procedimiento Civil en su encabezamiento establece:

SIC: “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes”.

En el presente caso, se observa que desde fecha 06 de Diciembre de 2022 se llevó a cabo la designación del partidor, y se libró la respectiva boleta de notificación para su juramentación, ha transcurrido más de un año sin que se cumpliera ningún acto de impulso procesal por parte de la accionante, se verificó en el presente caso, el supuesto de hecho previsto en la norma parcialmente transcrita, en razón de lo cual este Juzgado, de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el presente juicio de PARTICIÓN DE COMUNIDAD CONYUGAL presentado por la ciudadana MORELA ELIZABETH BECERRIT DE PINEDA venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nos. V-12.535.009, de este domicilio.-
REGISTRESE Y PUBLIQUESE. DEJESE COPIA.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto a los catorce (14) de Julio de dos mil veinticinco (2025). Años: 215° y 166º.

El Juez Provisorio

Abg. Daniel Escalona Otero
El Secretario Suplente

Abg. Gustavo Adrian Gómez Albarran

En la misma fecha se dictó Sentencia N° 283, quedó asentado en el Libro Diario bajo el Nº 9, siendo las 09:12 a.m y se dejó copia del presente fallo.-
El Secretario Suplente

Abg. Gustavo Adrian Gómez Albarran