REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JURISDICCIÓN LABORAL

Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del
Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara
Barquisimeto, viernes veinticinco de julio de dos mil veinticinco
215º y 166º

EXPEDIENTE: KP02-L-2025-000395.

Revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente, y visto el escrito titulado textualmente por las partes comparecientes por ante la Secretaría Judicial de este Juzgado en fecha 23/07/2 025 a las 11:45 a. m. como “TRANSACCION JUDICIAL” (Siendo la identificación de las prenombradas partes, comparecientes la siguiente: El ciudadano EDGAR PASTOR MUJICA -Titular de la cédula de identidad V-5 250 825; en su condición de PARTE DEMANDANTE en este expediente- estando acompañado del ciudadano abogado JOSEPH XAVIER SUÁREZ VARELA -Titular de la cédula de identidad V-24 399 684; inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 299 463-; y el ciudadano abogado RAFAEL MIGUEL CÁRDENAS PERDOMO -Titular de la cédula de identidad V-20 236 042; inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 240 799; actuando en su condición de coapoderado judicial de la PARTE DEMANDADA entidad de trabajo MONDELEZ VZ, C.A. -R.I.F. J-30131018-7-), el cual, consta de diecisiete (17) folios útiles acompañado de un (01) anexo marcado “1” en siete (07) folios útiles referentes a un (01) juego de copias fotostáticas simples de DOCUMENTO PODER CORRESPONDIENTE A LA PARTE DEMANDADA ENTIDAD DE TRABAJO MONDELEZ VZ, C.A. -R.I.F. J-30131018-7- (YA IDENTIFICADA EN AUTOS DEL PRESENTE EXPEDIENTE) y un (01) anexo marcado “A” en un (01) folio útil referente a un (01) juego de copia fotostática simple de PLANILLA DE MOVIMIENTO FINIQUITO EMITIDA POR LA ENTIDAD DE TRABAJO MONDELEZ VZ, C.A. -R.I.F. J-30131018-7- (YA IDENTIFICADA EN AUTOS DEL PRESENTE EXPEDIENTE) (Véase del folio 13 al 38, ambos folios inclusive y de este expediente); este Juzgado procede a hacer saber en autos lo siguiente:
Vista de la descrita actuación acompañada de anexos la comparecencia en autos de este expediente por parte de la entidad de trabajo MONDELEZ VZ, C.A. (R.I.F. J-30131018-7) a través de su corepresentación judicial el ciudadano abogado RAFAEL MIGUEL CÁRDENAS PERDOMO (Titular de la cédula de identidad V-20 236 042; inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 240 799); este Juzgado, aplicando la disposición prevista en el artículo 216, en el único acápice, del Código de Procedimiento Civil (1 990) -Norma aplicada con base a lo previsto en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo de 2 002- cónsono al Principio de Notificacion Única estipulado en el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo (2 002), hace saber en autos del presente expediente que se entiende por notificada en autos de este expediente la parte demandada entidad de trabajo MONDELEZ VZ, C.A. -R.I.F. J-30131018-7-. ASÍ SE DECLARA.-
Ahora bien, debido a la citada actuación (Acompañada de los ya descritos anexos) de fecha 23/07/2 025 (Cursante del folio 14 al 38, ambos folios inclusive y del presente expediente); este Juzgado, en aras de los Principios Generales que rigen el Proceso Laboral previstos en el Capítulo I del Título I de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo (2 002), hace saber en autos del presente expediente que este Tribunal procederá emitir pronunciamiento referente a este expediente respecto a la descrita actuación acompañada de anexos consignada en autos del presente expediente por ante la Secretaría Judicial de este Juzgado en fecha 27/07/2 025, dentro del lapso establecido en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo (2 002) (Lapso aplicado, de conformidad a lo previsto en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo de 2 002) correspondiente a cinco (05) días hábiles siguientes a la publicación del presente auto.

DIOS Y FEDERACIÓN

El Juez,

Abg. Mauro José Depool García.

La Secretaria Judicial,

Abg. Aura Marina Escalona.


MJDG/Ame.-