REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del
Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintisiete (27) de junio del dos mil Veinticinco (2025)
Años: 215° y 166°


ASUNTO: KP02-S-2025-001668

Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentado por el ciudadano RIGOBERTO ANTONIO GONZALES PERDOMO,venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-15.645.683, de este domicilio, debidamente asistido en este acto, por el Abogado Omar Leonardo Salas Torin, inscrito en el I.P.S.A, bajo el N°173.694, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor del solicitante la propiedad de las bienhechurías, Ubicadas en la calle 1B, con Carrera 4, Manzana 6, Comunidad de Villa Torre, Kilometro 7 ½, vía a Quibor, Parroquia Guerrera Ana Soto, Municipio Iribarren del Estado Lara, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, que mide aproximadamente TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO METROS CON CUARENTA CENTIMETROS CUADRADOS (374,40MTS2),con un área de construcción de SETENTA Y NUEVE METROS CON VEINTISIETE CENTIMETROS CUADRADOS (79,27 MTS2), ycuyas características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano: RIGOBERTO ANTONIO GONZALES PERDOMO, anteriormente identificado de conformidad con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil.-
Déjese copia certificada de la presente decisión, según lo tipificado en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.tsj.gob.ve.

El Juez Suplente,


Abg. Gustavo Adrian Gómez Albarran.
La Secretaria,


Abg. María Isabel Godoy Viloria.


MSLP/Mgodoy /hp.