REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, seis de junio de dos mil veinticinco
215º y 166º

ASUNTO: KP02-S-2025-001829
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana: YULIANNY SARAY VALERA SILVA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-29.957.362, debidamente asistida en este acto, por la abogada MADAY JOSELYN RODRIGUEZ VALERA, inscrita en el I.P.S.A, bajo el N° 326.134 evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante la propiedad de las bienhechurías ubicadas en la Parte Alta, Barrio la peña, Sector 1 Parroquia Unión del Municipio Iribarren del estado Lara, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, que mide aproximadamente CUATROCIENTOS CINCO METROS CUADRADOS (405 MTS²) cuyas características y linderos, constan en la solicitud que encabezan éstas actuaciones. En consecuencia, este tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la solicitante ciudadana: YULIANNY SARAY VALERA SILVA, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.tsj.gob.ve
La Jueza,

Abg. Mariani Selena Linares Peraza
La Secretaria,

Abg. María Isabel Godoy Viloria


MSLP/Migv/San