REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, once de junio de dos mil veinticinco
215º y 166º
ASUNTO: KP02-S-2025-002176
SOLICITANTE: ROSA ALBINA FIGUEROA DE ESCOBAR, quien es venezolana, mayor de edad, viuda, civilmente hábil y titular de la cédula de identidad N° 7.325.791.
ABOGADA ASISTENTE DE LA SOLICITANTE: MILAGRO G, MARIN F, quien se encuentra inscrito por ante el (I.P.S.A.), bajo el N°.158.833.
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO.
CUALIDAD JURÍDICA DEL TERRENO: EJIDO.
SENTENCIA: AUTO RESOLUTORIO.
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: ROSA ALBINA FIGUEROA DE ESCOBAR, quien es venezolana, mayor de edad, soltera, civilmente hábil y titular de la cédula de identidad N° 7.325.791., asistido en este acto por la Abogado en Ejercicio: MILAGRO G, MARIN F, quien se encuentra inscrito por ante el (I.P.S.A.), bajo el N°.158.833, donde manifiesta se le conceda: TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, sobre una bienhechuría que construyo con dinero de su propio peculio y a sus propias expensas, edificadas sobre un lote de: TERRENO EJIDO, cuya ubicación, medidas y linderos son los siguientes: EL POTRERO DE BUCARE, SECTOR LOS ALAMBRES, VIA PRINCIPAL DEL SECTOR CON CALLEJON INTERNO, PARROQUIA FELIPE AGUEDO ALVARADO MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, que mide Aproximadamente DOS MIL CIENTO CINCUENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y OCHO CENTIMETROS (2155,88 Mts2), con un área de construcción de SESENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON NOVENTA CENTIMETROS (63,90 Mts2), Comprendidas dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: En dos línea, la primera de cuatro metros con treinta centímetros(4,30 mts) la segunda línea de sesenta y ocho metros con treinta centímetros (68,30 mts) con la vía principal que es su frente, SUR: En línea de sesenta y ocho metros con treinta centímetros (68,30 mts) con Zaida Freitez; ESTE: En tres líneas; la primera de dieciséis metros (16,00 mts), la segunda de tres metros treinta centímetros (3,30 mts)y la tercera de dieciséis metros (16,00 mts) con la via principal y callejón interno; y OESTE: En línea de treinta y tres metros con sesenta y cinco centímetros (33,65 mts).-
-SIENDO ASÍ, ESTE TRIBUNAL OBSERVA:
-Tomando en consideración las declaraciones de los testigos, ciudadanos: ISIDRA EDECIA ARRIECHE y LETICIA DEL CARMEN RODRIGUEZ POLANCO, quienes son venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos.7.438.687 y 7.354.335, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil.
-En consecuencia, ESTE TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, especialmente por los Artículos 936 y 937 Ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la ciudadana: ROSA ALBINA FIGUEROA DE ESCOBAR, ya anteriormente identificada.-
-Publíquese y regístrese e incluso en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia (T.S.J.), y déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
-Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto, a los Once (11) días del mes de Junio del año dos mil veinticinco (2025). Años 215° de Independencia y 166° de la Federación.
-Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro de Solicitudes, llevado por ante este Tribunal.
El Juez,
Abg. Hilarión Riera Ballesteros.
La Secretaria Titular,
Abg. María Eugenia Rincones Yajure.
-Seguidamente se publicó la presente decisión, siendo las 10:59. A.M.
La Secretaria Titular,
Abg. María Eugenia Rincones Yajure.
HRB/ MERY / DC.-