REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, Siete de Marzo del dos mil Veinticinco
Años: 214° y 166°
ASUNTO: KP02-S-2025-000577
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana: NEIDA VIRGINIA URANGA SILVA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N°V-16.386.726, debidamente asistida en este acto, por la abogada LISSETH MEDINA, inscritaen el I.P.S.A,bajo el N°226.500, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor delasolicitante la propiedad de las bienhechuríasubicadas en la Calle 8, entre Calle 4 y 5, Barrio Nueva Lucha, Parroquia Guerrera Ana Soto, Municipio Iribarren del estadoLara,las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, que mide aproximadamente DOSCIENTOS VEINTE METROS CUADRADOS (220,00 MTS2) cuyas características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la solicitante ciudadana: NEIDA VIRGINIA URANGA SILVA, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.tsj.gob.ve
La Jueza,
Abg. Mariani Selena Linares Peraza.
La Secretaria,
Abg. María Isabel Godoy Viloria
MSLP/Migv/lc.-