REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del
Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciocho (18) de marzo de 2025
214º y 166º
ASUNTO: KP02-S-2024-001696
SOLICITANTE: JESUS ANTONIO SOTO FRANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 21.243.871, Número de teléfono: 0424-7095878,
correo electrónico: JESUS.SOTOF4@gmail.com.-
ABOGADO ASISTENTE: CARLOS EDUARDO QUESEDO URIBE, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 161.468, Número de teléfono: 0412-5166791, correo electrónico:
carlos.was.abog@gmail.com.-
MOTIVO:
TITULO SUPLETORIO.-
SENTENCIA: DECRETO.-
SECUENCIA PROCEDIMENTAL DE LOS HECHOS
Vista la solicitud presentada por la ciudadana JESUS ANTONIO SOTO FRANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 21.243.871, debidamente asistida por el abogado CARLOS EDUARDO QUESEDO URIBE, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 161.468, donde manifiesta se le decrete a su favor TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, sobre unas bienhechurías que construyó a sus propias expensas con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, que mide aproximadamente NOVENTA Y CUATRO CON NOVENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (94.95 M2), consta de las siguientes bienhechurías: una (01) sala, dos (02) habitaciones, una (01) cocina, un (01) baño, techo de platabanda, piso de granito, con un área de construcción de NOVENTA Y CUATRO CON NOVENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (94.95 M2), ubicadas en: la carrera 16 entre calles 54 y 55 (específicamente a veintiuno con noventa y seis (21.96) metros de la calle 54 de la ciudad de Barquisimeto Municipio Iribarren estado Lara, comprendidas dentro de los siguientes linderos: NORTE: en línea de 4,45 metros con la carrera 16 que es su frente, SUR: en línea de 4.25 metros con propiedad de MARIA RANGEL DE PERNALETE, ESTE: en línea de 21.37 metros con propiedad de CRUZ R. MUJICA y OESTE: en línea de 21.50 metros con propiedad de ELSY P. HERNANDEZ. Siendo el costo de las referidas bienhechurías la cantidad de CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS BOLIVARES (184.500,00 Bs).-
Para decidir este Tribunal observa:
UNICO:
Tomando en consideración las declaraciones de los testigos: ANA YOSELIN CARRASCO TORREALBA y ANA MARIA TORREALBA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 20.075.740 y 6.822.664, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente en los artículos 936 y 937 eiusdem y DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS QUE TERCERAS PERSONAS puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor del ciudadano JESUS ANTONIO SOTO FRANCO, antes identificado, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno, sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero (01) de Abril del año 1970, dictado por la extinta Corte Suprema de Justicia, hoy Tribunal Supremo de Justicia, en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y déjese copia del presente asunto y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.
Publíquese, regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia, http://lara.tsj.gob.ve déjese copia de la presente decisión de conformidad con lo establecido en los artículos 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil a los fines legales previstos en los ordinales 3 y 9 del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.-
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en Barquisimeto a los dieciocho (18) días del mes de marzo de 2025. Años 214° de la Independencia y 166° de la Federación. -
El Juez,
Magdiel José Torres.
La Secretaria,
Lucila Suarez Alvarado.
MJT/LSA/MaríaS. –
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