REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE


JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, BANCARIO, MARÍTIMO Y CONSTITUCIONAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO
215º y 166º

Actuando en sede civil, produce el siguiente fallo interlocutorio con fuerza de definitiva.

Expediente No. 25.292
Motivo: DAÑO MORAL
Demandante: CONTRERAS MATHEUS ALBERTO JOSÉ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No. 4.323.889, inscrito en el IPSA bajo el N° 202.301, en su propia representación, domiciliado en Valera, municipio Valera estado Trujillo.
Demandado: LINARES VILLEGAS PEDRO DOMINGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº5.760.551, domiciliada en Campo Alegre, Municipio San Rafael, casa N° 38, (segunda planta), Parroquia Campo Alegre, Municipio San Rafael de Carvajal estado Trujillo.
ÚNICA
Vista la diligencia de fecha 16 de mayo de 2025, suscrito por la parte actora, Abogado CONTRERAS MATHEUS ALBERTO JOSÉ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No. 4.323.889, inscrito en el IPSA bajo el N° 202.301, en su propia representación, domiciliado en Valera, municipio Valera estado Trujillo, mediante la cual Desiste de la acción y del presente procedimiento; En consecuencia, por cuanto la misma no es contraria a derecho, versa sobre derechos disponibles, este Tribunal, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO. Así se decide.
DECISIÓN
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario, Marítimo y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA el desistimiento efectuado por el Abogado CONTRERAS MATHEUS ALBERTO JOSÉ, ya identificado.
Publíquese y Cópiese.- Dada, firmada y sellada en la sede donde despacha este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario, Marítimo y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. En Trujillo, a los diecinueve (19) días del mes de mayo del año dos mil veinticinco (2025). Años 215° de la Independencia y 166° de la Federación.

La Jueza Provisoria,

Abg. Clarisa María Villarreal.
El Secretario Titular,

Abg. Jairo Antonio Dávila.

En la misma fecha se publicó el fallo anterior siendo las: _________________.

El Secretario Titular,

Abg. Jairo Antonio Dávila.