REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinte (20) de mayo de dos mil veinticinco (2025)
215º y 166º
ASUNTO: KP02-S-2025-001448
SOLICITANTE: LENDER DODANIN OLMOS MENDOZA, quien es venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V-27.209.527 y de este domicilio.
ABOGADA ASISTENTE DEL SOLICITANTE: MARÍA ZENONA GAINZA VÁSQUEZ, quien se encuentra inscrita por ante el (INPREABOGADO), bajo el Nº 298.630.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.
SENTENCIA: AUTO RESOLUTORIO.
-DECRETO-
-Vista la solicitud presentada por el ciudadano: LENDER DODANIN OLMOS MENDOZA, quien es venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V-27.209.527 y de este domicilio, debidamente asistido en este acto por la Abogada en Ejercicio: MARÍA ZENONA GAINZA VÁSQUEZ, quien se encuentra inscrita por ante el (INPREABOGADO), bajo el Nº 298.630, donde manifiesta se le conceda: TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO: Sobre unas bienhechurías que construyó con dinero de su propio peculio y a sus propias expensas, edificadas unas sobre un lote de: TERRENO EJIDO, cuya ubicación, medidas y linderos son los siguientes: Carrera 3 de la Avenida Principal de Potrerito, Casa s/n, Sector Potrerito, El Cercado, a 50 mts de los caneyes de paulita, Parroquia Santa Rosa, del Municipio Iribarren del Estado Lara, que mide aproximadamente: DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (258,00Mts2), con un metraje de construcción aproximada de: VEINTICINCO METROS CUADRADOS (25,00Mts2), comprendidas dentro de los siguientes linderos: NORTE: Que son o fueron ocupados por Rafael Torrealba. SUR: Calle en Proyecto que es su frente. A 50 mts de la Av. Principal. ESTE: Terreno que son o fueron ocupados por Marina Soteldo y OESTE: Que son o fueron ocupados por Luis Arturo Hernández Sánchez.
-SIENDO ASÍ, ESTE TRIBUNAL OBSERVA:
-Tomando en consideración las declaraciones de los testigos, ciudadanos: HÉCTOR DAVID DELGADO DÍAZ Y YELITZA COROMOTO ABARCA, quienes son venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-6.029.349 y V-10.774.737, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el Artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, este TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los Artículos 936 y 937 Ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor del ciudadano: LENDER DODANIN OLMOS MENDOZA, ya anteriormente identificado.
-Publíquese y regístrese e incluso en la página web del Tribunal Supremo de Justicia (T.S.J.), y déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
-Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto a los veinte (20) días del mes de mayo del año dos mil veinticinco (2025). Años: 215° de Independencia y 166° de la Federación.
-Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro de Solicitudes, llevado por ante este Tribunal.
El Juez,
Abg. Hilarión Antonio Riera Ballestero. La Secretaria,
Abg. María Eugenia Rincones Yajure.
-Seguidamente se publicó la presente decisión, siendo la 01:50P.M.
La Secretaria,
Abg. María Eugenia Rincones Yajure.
HARB / MERY / IASG