REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintitrés de mayo de dos mil veinticinco
215º y 166º
ASUNTO: KP02-S-2025-001987
SOLICITANTE: PASTOR ALEJANDRO PIÑA LOPEZ, quien es venezolano, mayor de edad, soltero, civilmente hábil y titular de la cédula de identidad N°. 22.272.927.
ABOGADA ASISTENTE DE LA SOLICITANTE: ANA GRACIELA HERAS SALAZAR, quien se encuentra inscrita por ante el (I.P.S.A.), bajo el N°102.175.
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO.
CUALIDAD JURÍDICA DEL TERRENO: EJIDO.
SENTENCIA: AUTO RESOLUTORIO.
Vista la solicitud presentada por el ciudadano: PASTOR ALEJANDRO PIÑA LOPEZ, quien es venezolano, mayor de edad, soltero, civilmente hábil y titular de la cédula de identidad N°. 22.272.927., asistidos en este acto por la Abogada en Ejercicio: ANA GRACIELA HERAS SALAZAR, quien se encuentra inscrita por ante el (I.P.S.A.), bajo el N°102.175, donde manifiesta se le conceda: TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, sobre una bienhechuría que construyeron con dinero de su propio peculio y a sus propias expensas, edificadas sobre un lote de: TERRENO EJIDO, cuya ubicación, medidas y linderos son los siguientes: UBICADO EN LA CALLE 2 ENTRE LAS CARRERAS 1 Y 2 DEL SECTOR ANDRES BELLO DE LA PARROQUIA EL CUJI MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, que mide SEISCIENTOS QUINCE METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS (615,75 mts2) y un área de construcción de CIENTO DOCE METROS CUADRADOS CON OCHENTA DECIMETROS CUADRADOS ( 112,80 mts) , comprendidas dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: En línea de 50,00 metros con terrenos ocupados por Willians Suarez; SUR: En línea de 20,50 metros con terrenos ocupados por Elías Morlés; ESTE: En dos línea 14,50 metros y 5,5 metros con terrenos ocupados por Jorge García y Elías Morlés; OESTE: En línea de 14,50 metros con Carmen Sequera.
-SIENDO ASÍ, ESTE TRIBUNAL OBSERVA:
-Tomando en consideración las declaraciones de los testigos, ciudadanos: MARIANGEL ADINIGDELIS CASTILLO TIMAURE y LEONEL RICARDO PINEDA CORDERO , quienes son venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. 21.506.695 y 24.385.102, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil.
-En consecuencia, ESTE TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, especialmente por los Artículos 936 y 937 Ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor del ciudadano: PASTOR ALEJANDRO PIÑA LOPEZ, ya anteriormente identificado.
-Publíquese y regístrese e incluso en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia (T.S.J.), y déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
-Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto, a los veintitrés (23) días del mes de Mayo del año dos mil veinticinco (2025). Años 215° de Independencia y 166° de la Federación.
-Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro de Solicitudes, llevado por ante este Tribunal.
El Juez,
Abg. Hilarión Antonio Riera Ballestero.
La Secretaria,
Abg. María Eugenia Rincones Yajure.
-Seguidamente se publicó la presente decisión, siendo las 01:40 P.M.
La Secretaria,
Abg. María Eugenia Rincones Yajure.
HARB / MERY / DC.-