Se inició la presente solicitud presentada por la ciudadana: MARY BLANCA TORRES PEREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 9.575.816 asistido por la abogada en ejercicio MILAGROS DEL CARMEN DE LOPEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 64.508. Por motivo de SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO. Este Tribunal observa que hasta la presente fecha, han transcurrido más de Un (01) año desde la fecha de su admisión 02-12-2024, folio cuatro (04), sin que el solicitante haya promovido los testigos, es por lo que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Morán de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA del presente proceso, de conformidad con la norma contenida en el Artículo 267, del Código de Procedimiento Civil y ASÍ SE DECIDE.
Regístrese y Publíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Morán de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. El Tocuyo, a los diecinueve (19) días del mes de Septiembre del año 2.025. Año 215° Independencia y 166° Federación.
La Jueza Provisoria
Abg. Yosglide Darmagly Duin León
La Secretaria
Abg. Rosbelcy Sandoval
En la misma fecha se registró y se publicó la presente sentencia.
La Sec.
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