REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL
…GADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, CON SEDE EN TRUJILLO.
Trujillo, 17 de octubre de 2025.
215º y 166º
Siendo la oportunidad para que este Tribunal provea sobre la admisión de las pruebas promovidas por las partes: procede este Juzgador a providenciar las mismas de la siguiente manera:
PRUEBAS DE LA PARTE DEMANDANTE:
De la revisión de las actas que conforman el presente expediente se observa que el codemandante Schettini Francesco no consignó escrito de promoción de pruebas, por lo tanto, este juzgador no tiene nada sobre que pronunciarse.
PRUEBAS DE LA PARTE DEMANDADA:
PRIMERO: Con relación a los Documentales, se ADMITEN cuanto ha lugar en derecho por no ser manifiestamente contrarias a la ley, ni impertinentes, dejando a salvo su apreciación en la sentencia definitiva, y se deja constancia de que por ser documentales no hay ninguna prueba que evacuar, conforme a lo establecido en el artículo 398 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Con relación a las pruebas de informes, observa este Juzgador que las mismas resultan manifiestamente IMPERTINENTES toda vez que el objeto de la presente demanda es el cobro de daños y perjuicios morales y no terrorismo judicial hecho que pretende la parte probar, razón por la cual este Tribunal INADMITE dicho medio probatorio. Así se decide.-
El Juez Provisorio,
Abg. Javier Mendoza Escalante.
El Secretario Temporal
Abg. Jesús Plaza.