Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, la Juez Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: Se declara parcialmente con lugar la demanda, y se ordena a la demandada SEGURIDAD LA GUADALUPE cancelarle al actor la cantidad de Bs. 5.485,25 por los conceptos de prestación de antigüedad, sus intereses y días adicionales; vacaciones y bono Vacacional; utilidades; diferencia salarial; bono alimenticio e indemnización por despido. Así se decide.-
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por el vencimiento parcial.