Por todos los argumentos de hecho y derecho que han quedado expuestos, la Jueza Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO:Se declara INADMISIBLE la recusación propuesta contra el abogado MAURO JOSÉ DEPOOL GARCÍA, conforme al Artículo 43 dela Ley Orgánica Procesal del Trabajo.