En virtud de las consideraciones expuestas previamente, este JUZGADO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto en fecha 27 de noviembre de 2006, por el apoderado judicial de la parte demandante, contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en fecha 13 de noviembre de 2006. En consecuencia, se declara SIN LUGAR la demanda por cobro de diferencia de prestaciones sociales interpuesta.