Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Improcedente la solicitud de reposición de la causa, peticionada por el abogado Filippo Tortorici Sambito, titular de la cédula de identidad Nº V-7.952.521, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 45.954, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil ALENTUY, C.A., parte recurrente en la presente causa. SEGUNDO: Admisibles las pruebas documentales e inadmisible la prueba de Informe ambas promovidas por el abogado Filippo Tortorici Sambito, titular de la cédula de identidad Nº V-7.952.521, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 45.954, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil ALENTUY, C.A. Asimismo, en cuanto al mérito favorable de autos promovido por el apoderado judicial de la recurrente, antes identificado, se dictará su pronunciamiento en la sentencia de .....