Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, decide: Se declara CON LUGAR la presente Acción de Nulidad intentada por la Sociedad Mercantil ALMACENADORA NUEVA SEGOVIA, C.A, contra la Providencia Administrativa Nº 00231, que cursa en el expediente Nº 078-2009-01-00156 de fecha 26/02/2010, emanada de la Inspectoría del Trabajo del Estado Lara Pedro Pascual Abarca que declara con lugar procedimiento de reenganche y pago de salarios caídos intentado por los ciudadanos MARCIAL PINEDA, YOVANIS ANTONIO VALERA, JEAN CARLOS CASTILLO PEÑA, EDWIN GUSTAVO BALDALLO, ANGEL GREGORIO CAÑIZALEZ, LUIS ENRIQUE ARAPE PETIT, JAIRO JOSE CASTILO ARANGUREN, JUAN DIOS HERNANDEZ, FRANCISCO RAMON MARTINEZ, contra la ALMACENADORA NUEVA SEGOVIA, C.A en consecuencia se declaran Nulos los demás actos subsiguientes que.....