Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PROCEDENTE LA PREJUDICIALIDAD alegada por la parte demandada Sociedad Mercantil POLLO SABROSO C.A, a través de su apoderada judicial, Abogada AYMARA BRACHO, en este proceso que por INDEMNIZACIÓN PORACCIDENTE DE TRABAJO, sigue en su contra el ciudadano CHARLES JEFFERSON AVILES, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V-14.270.764.
SEGUNDO: En consecuencia, el presente proceso continuara su curso, hasta llegado el momento en que la causa deba ser remitida a la fase de juicio, oportunidad en la cual se suspenderá hasta tanto sea resuelta, mediante sentencia firme, la pretensión de nulidad que ejercida contra la Certificación Medico Ocupacional, CMO LAR-0065-20.....