DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, quien decide, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Decreta a tenor de lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal, el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, seguida al ciudadano EDUARD JOSÉ IZARRA GONZÁLEZ, Titular De La Cedula De Identidad N°V- 17.306.029, por el delito de ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado en los artículos 45 de la LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA., el cual fue iniciado en virtud de la denuncia interpuesta por la ciudadana EUCARIS GABRIELA CRISTANCHO VILLEGAS, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N°V-24.615.585
SEGUNDO: Se ordena el cese de las medidas de coerción personal que en contra del imputado pudieran existir, así como las medidas de protección y seguridad que hubieran sido decretadas, como consecuencia del de.....