Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Superior Tercero Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Lara, actuando en sede constitucional, Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: INADMISIBLE la presente Acción de Amparo Constitucional intentada por los ciudadanos Víctor José Pérez Pérez y Yanglis Eliana Giménez López, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-18.472.470 y V-16.840.713 respectivamente, ambos de este domicilio, actuando en nombre y representación del Consejo Comunal "Las Delicias", debidamente registrado por ante el Sistema de Taquilla Única de Registro, en fecha 03/05/2010, inserto bajo el Nº 13-09-03-063-0002, con Estatutos y Acta de Modificación de los Estatutos, debidamente inscrito por ante el Sistema Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria-SENIAT, de fecha 09/08/2010, RIF Nº-C299426458, asistidos por el abogado Oberto Ma.....