Así las cosas, se observa que si bien la parte demandada al insistir en el despido reconoce que éste fue realizado de manera injustificada, ello no conllevó a un vencimiento por parte del actor en cuanto a su pretensión, pues la sentencia recurrida declaró terminado el procedimiento por haber retirado la cantidad consignada por la demandada como materialización de su persistimiento, por otra parte, tampoco se configuró en este procedimiento una aceptación o allanamiento a la diferencia reclamada por el actor, por lo cual no evidencia este Juzgado que se configuren los supuestos de procedencia para la condenatoria en Costas, motivos por los cuales se hace procedente la apelación formulada, no habiendo lugar a Costas. Y así se decide.