DECISIÓN
Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con el primer aparte del artículo 75 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículos 8, 26, 27, 30, 394, 396, 399 y 400 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA CON LUGAR, la COLOCACIÓN FAMILIAR planteada por la ciudadana PETRA CANDIDA YEPEZ PEREZ, identificada en autos, en beneficio del niño identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en contra del ciudadano DARLYN RAMON LINARES MORENO, antes identificado. En consecuencia,
PRIMERO: La Colocación Familiar será cumplida en el hogar de la ciudadana PETRA CANDIDA YEPEZ PEREZ, identificada en autos, domiciliada en el Caserío El Cogoyal, Tocuyo, muni.....