Este Tribunal de Primera Instancia Mixto en Función de Juicio Número Cuatro del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley:
PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano IVAN SEGUNDO OSPINO IBAÑEZ, de nacionalidad colombiana (residente), mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 81.926.512, nacido el 28/03/62 en Departamento Magdalena República de Colombia, de 42 años de edad, de estado civil Casado, de profesión u oficio Mecánico Diesel, residenciado en Barrio Bolívar Calle 01 Casa Nº 2-45, frente al puente, al lado de la Escuela 24 de Julio, Barquisimeto Estado Lara, asistido por la Defensora Pública Penal Abogada María Eugenia Chávez, por la comisión del delito de VIOLACION, previsto y sancionado en el artículo 375 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana MARIA ESTER AVILEZ SILVA, de conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: EXONE.....