DECISIÓN
En mérito favorable de las precedentes consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO han intentado los ciudadanos LAURO ALBERTO SPERANZONI AMADORI Y LUISA PIER ANGELA SPERANZONI AMADORI contra la Sociedad Mercantil CORPORACION FRIO CARUCI S.A., en consecuencia se ordena: SEGUNDO: Se ordena la entrega de: DOS (02) locales comerciales identificados con las letras "A" y "B" ubicados en la avenida Venezuela Esquina Calle 21, Edificio Speranzoni, planta baja, en la ciudad de Barquisimeto; TERCERO: Se ordena a la parte demandada el pago de la cantidad de CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS DIECISIETE BOLIVARES CON CUARENTA CENTIMOS (Bs. 468.317,40) por concepto de lucro cesante; CUAR.....