DECISIÓN
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara, por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la pretensión de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoada por el ciudadano CARLOS JOSÉ MELENDEZ venezolano, mayor de edad, cedula de identidad N°. V-7.391.170, contra ASOCIACIÓN DE VECINOS ATAPAIMA III